Clara Alfonso
Valencia
Lunes, 18 de diciembre 2023, 00:33
Las cajas de seguridad, un servicio ofrecido por diversas entidades bancarias, han desempeñado un papel fundamental en la protección y resguardo de objetos de valor a lo largo de la historia financiera. Estas cajas, generalmente ubicadas dentro de las instalaciones seguras de un banco, brindan a los clientes un espacio altamente protegido para almacenar documentos importantes, joyas, metales preciosos, obras de arte u otros objetos de valor personal.
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Puede parecer un vestigio del pasado, pero la realidad es que los bancos siguen ofreciendo aún el servicio de alquiler de cajas de seguridad. Se encuentran en un lugar especialmente reservado de las cajas fuertes de las oficinas bancarias, donde se puede realizar el depósito de bienes (salvo productos peligrosos y prohibidos) sin necesidad de declarar su contenido.
El uso de las cajas de seguridad es confidencial, es decir, que el banco desconoce qué guarda el cliente su interior. Sin embargo, no significa que una persona pueda mentir en su contrato y guardar sin consecuencias bienes no declarados al margen de la ley. Es importante tener en cuenta que, la Agencia Tributaria puede decidir precintarlas para proceder a su registro sin que la persona que tiene ahí sus bienes pueda acceder antes y retirar lo que le interese.
Para alquilar una caja de seguridad, tienes que solicitarla a tu banco que, si posee este servicio, tendrá en cuenta la solicitud y te debe responder lo antes posible. Normalmente, el período por el que se alquila depende de la política de comercialización de cada entidad, aunque suele ser por periodos anuales.
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Al estar protegidas en una cámara acorazada, el titular puede revisar lo que tiene en su interior accediendo a una salla anexa, tras haber firmado en un registro. Mientras realiza la consulta, estará bajo la custodia de un empleado del banco, que se ubicará en la puerta de la cámara o de la sala anexa. Al terminar de utilizar la caja, el titular debe colocarla de nuevo en la cámara donde se encuentran todas las cajas de seguridad y cerrarla con llave. El empleado se encargará de cerrarla, también, con una segunda llave.
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Tal y como explican desde el Portal del Cliente Bancario, en caso de robo o siniestro, y debido al carácter confidencial de lo guardado en ellas, el banco suele contratar un seguro que cubre hasta un determinado importe, pero no está obligado a reponer lo sustraído. El coste de dicho seguro puede venir incluido o repercutirse al cliente.
En caso de que quieras contratar un seguro extra, debes tener en cuenta que los bienes que guardes en la caja de seguridad serán confidenciales siempre que su valor no supere los 6.000 euros. Si sobrepasas dicha cantidad, tendrás que declarar e inventariar los bienes para poder recibir indemnización en caso de sustracción.
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Si falleciese el titular del contrato, la entidad bancaria tiene la obligación de comunicar a sus herederos la existencia de la caja. Así, «los herederos y albaceas podrán abrir la caja y disponer de su contenido una vez se haya aceptado su testamento», explican. También puede darse el caso de que, mediante la intervención de un notario, se pueda abrir una caja para inventariar su contenido y poder completar el inventario de una herencia.
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