Borrar
Urgente La juez de la dana imputa a la exconsellera Pradas y al secretario autonómico Argüeso
Oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social. Miguel Fernández
Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital tienen sólo 30 días para comunicar cualquier cambio de domicilio

Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital tienen sólo 30 días para comunicar cualquier cambio de domicilio

Los titulares de la prestación deben cumplir con varias obligaciones durante el tiempo que la perciban

Jueves, 20 de junio 2024, 01:35

En un mundo donde los cambios en la situación personal y económica son frecuentes, es crucial mantener actualizada toda la información relevante para acceder a beneficios sociales. Los programas de asistencia, como el Ingreso Mínimo Vital (IMV), dependen en gran medida de la exactitud de los datos proporcionados por los beneficiarios. Cualquier variación, ya sea en los ingresos, el estado civil, el número de dependientes o el domicilio, puede afectar la elegibilidad y la cantidad de ayuda recibida.

Tal y como explican desde la Seguridad Social, los titulares del Ingreso Mínimo Vital deben cumplir con varias obligaciones durante el tiempo que perciban la prestación. Una de ellas es la de comunicar cualquier cambio de domicilio o de situación en el Padrón municipal que afecte personalmente sus titulares o a cualquier otro miembro que forme parte de la unidad de convivencia, en el plazo de treinta días naturales desde que se produzcan.

Esto se debe a que la administración necesita esta información para garantizar que las ayudas lleguen correctamente y que los beneficiarios puedan seguir recibiendo sus prestaciones sin interrupciones. La normativa establece este plazo específico para notificar estos cambios, y el incumplimiento puede resultar en la suspensión de los beneficios o la necesidad de devolver pagos recibidos indebidamente.

Otras obligaciones de los beneficiarios

Además de comunicar cualquier cambio de domicilio dentro de un plazo de 30 días, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben cumplir con otras responsabilidades esenciales para mantener la ayuda. Estas incluyen:

- Proporcionar la documentación e información precisa en orden a la acreditación de los requisitos y la conservación de la prestación, así como para garantizar la recepción de notificaciones y comunicaciones.

- Comunicar cualquier cambio de domicilio o de situación en el Padrón municipal que afecte personalmente a dichos titulares o a cualquier otro miembro que forme parte de la unidad de convivencia, en el plazo de treinta días naturales desde que se produzcan.

- Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas.

- Comunicar a la entidad gestora con carácter previo las salidas al extranjero tanto del titular como de los miembros de la unidad de convivencia, por un periodo, continuado o no, superior a noventa días naturales cada año natural, así como, en su caso, justificar la ausencia del territorio español por causa de enfermedad.

- Presentar anualmente declaración correspondiente al Impuesto sobre la renta de las personas físicas.

- En caso de compatibilizar la prestación del ingreso mínimo vital con las rentas del trabajo o la actividad económica cumplir las condiciones establecidas para el acceso y mantenimiento de dicha compatibilidad.

- Participar en las estrategias de inclusión que promueva el Ministerio de Inclusión, Seguridad social y Migraciones.

- Cualquier otra obligación que pueda establecerse reglamentariamente.

- Las personas integrantes de la unidad de convivencia.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

lasprovincias Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital tienen sólo 30 días para comunicar cualquier cambio de domicilio