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Oficina de la Agencia Tributaria. EP
Pago de Hacienda con intereses | Los contribuyentes que recibirán un pago de Hacienda con intereses desde hoy

Los contribuyentes que recibirán un pago de Hacienda con intereses desde hoy

Así consta en la ley vigente

Jaume Lita

Valencia

Viernes, 31 de diciembre 2021, 00:59

El contribuyente debe cumplir con los pagos establecidos por la administración. Existe un calendario del contribuyente en el que se explica mes a mes, semana a semana, qué pagos hay que realizar en materia fiscal, indicándose de forma detallada que tributo, y qué modelo, hay que pagar antes de cierta fecha. Así se va superando el año, con pagos obligatorios dependiendo de las consideraciones legales, pero el gran pago es la declaración de la Renta. En ese instante el contribuyente hace una compensación fiscal y si le sale a pagar puede elegir entre abonarlo directamente o fraccionar el pago, mientras que en el caso de que salga a devolver el ingreso puede retrasarse durante un largo periodo de tiempo. En este final de mes de acaba el plazo que tiene la Agencia Tributaria para abonar las declaraciones a devolver que no han sido abonadas, aunque el plazo puede alargarse hasta el 15 de enero si se presentó fuera de plazo la correspondiente declaración.

A Hacienda se le acaba el tiempo. Está estipulado por ley que si la administración no abona la devolución de una declaración en un plazo de seis meses deberá realizar, cuando lo haga, un pago con intereses que casi llegan al 4%. Ese plazo empieza a contar desde julio y en este final de año ya se podría contabilizar que la Agencia Tributaria no ha cumplido con su parte.

Estos casos suelen ser excepcionales, ya que una gran mayoría de las declaraciones en las que la administración debe devolver cierto dinero al contribuyente se realizan de forma ágil y rápida, incluso en pocos días después de haber presentado la correspondiente declaración. Cuando el saldo que debe salir de la Agencia Tributaria para ingresarse en la cuenta bancaria indicada por el contribuyente es de cierta cantidad elevada, lo normal es que la administración vigile y controle punto por punto la declaración para comprobar que se ha realizado de forma correcta y que el abultado resultado está bien calculado, que no existe ninguna trampa.

Hacienda, tras analizar con lupa la declaración, emitirá una resolución, pudiendo solicitar más información al contribuyente durante un periodo de tiempo ya posterior a la propia campaña de la declaración de la Renta. De esta forma y si la demora por parte de la Agencia Tributaria supera el plazo de 6 meses desde que acabara la campaña, el pago que se realice debe sumar unos intereses de demora que son del 3,75%.

Pero no todo es tan sencillo y Hacienda pagará tan ligeramente, ya que estos intereses sólo se computan en el único supuesto de que la demora sea exclusivamente por cuestiones propias de la administración. Si el plazo estipulado de 6 meses se ha superado porque el contribuyente no ha cumplido de forma eficaz las solicitudes de información, Hacienda no deberá pagar con intereses.

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