![Los desempleados que pasarán del subsidio por desempleo al Ingreso Mínimo Vital](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/10/23/ss-RkIbNaRMhP2WcgKyUZFB6pN-1200x840@Las%20Provincias.png)
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El 21 de mayo, el Consejo de Ministros aprobó una reforma del subsidio por desempleo que fue ratificada en junio de 2024 por el Congreso. Esta modificación forma parte de un conjunto de medidas que buscan adaptar el sistema de protección social a las necesidades actuales, en especial para los colectivos más vulnerables.
La citada reforma introduce una serie de mejoras en el subsidio por desempleo, gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con el propósito de fortalecer la protección para los desempleados que, por diversas circunstancias, no tienen derecho a la prestación contributiva. Entre los cambios más destacados, a partir del 1 de noviembre de 2024, se producirá un aumento en las cuantías del subsidio, elevando la ayuda mensual en 90 euros. Esto se debe a la subida del porcentaje del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), utilizado como referencia para calcular el subsidio.
La modificación, que entrará en vigor en noviembre, establece las nuevas cuantías del subsidio en tres tramos diferenciados, en función de la duración del mismo. Durante los primeros seis meses, los beneficiarios recibirán 570 euros, equivalentes al 95% del IPREM. En los seis meses siguientes, la ayuda disminuirá ligeramente a 540 euros, correspondientes al 90% del IPREM. Finalmente, para el resto del período, se establecerá una cuantía de 480 euros, equivalente al 80% del IPREM.
Cabe destacar que el subsidio para los mayores de 52 años será el único que se mantenga en 480 euros mensuales, aunque esta ayuda incluye mejoras en las cotizaciones a la Seguridad Social, con una sobrecotización del 125%.
Con la mencionada reforma, varios subsidios dejarán de estar disponibles. En primer lugar, se eliminarán la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). Estas ayudas han sido esenciales para muchas personas que han enfrentado dificultades en el mercado laboral, pero con la nueva reforma, los receptores de estas subvenciones pasarán a depender del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Además, también se eliminará el subsidio específico para mayores de 45 años, un grupo que a menudo encuentra mayores barreras en su reinserción laboral. No obstante, es importante señalar que aquellos que ya estén percibiendo estos subsidios continuarán recibiéndolos con normalidad.
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En este contexto, se mantendrán vigentes otras dos ayudas específicas: el subsidio por desempleo tras el agotamiento de la pensión contributiva, dirigido a los mayores de 52 años; y el subsidio específico para personas con cotizaciones insuficientes, lo que permitirá que aquellos que no cumplen con los requisitos para acceder a otras prestaciones sigan recibiendo ayuda económica.
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También se ampliará el subsidio para empleados transfronterizos de Ceuta y Melilla, así como para trabajadores agrarios eventuales. A esto se le pueden sumar otros colectivos, como las personas mayores de 16 años que hayan sido víctimas de violencia de género y los españoles emigrantes que han vuelto al país sin tener derecho a la prestación contributiva. Tal y como explican desde Moncloa, estos cambios pretenden corregir desigualdades previas en el sistema y garantizar que aquellos con peores condiciones de empleabilidad reciban el apoyo necesario durante los períodos de inactividad.
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