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Oficina del SEPE. EP
Las dos ayudas que puedes solicitar al SEPE junto al subsidio para mayores de 52 años

Las dos ayudas que puedes solicitar al SEPE junto al subsidio para mayores de 52 años

Esta prestación es para aquellas personas en este tramo de edad que están sin trabajo y han agotado el resto de ayudas

Redacción

Viernes, 12 de mayo 2023, 01:08

El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas más importantes que ofrece el Servicio Público Estatal de Empleo (SEPE). Es una prestación para las personas en este tramo de edad que están sin trabajo y han agotado el resto de prestaciones, cotizando además para la pensión de jubilación.

El importe de este subsidio asciende a 480 euros, debido a la subida del IPREM a 600 euros recogida en los Presupuestos Generales del Estado. ¿Es compatible con otras? Según indica el SEPE, hay dos ayudas no contributivas que se pueden solicitar: son la Renta de Inserción y el Ingreso Mínimo Vital. Para poder acceder a ellos, eso sí, el solicitante tendrá que cumplir los requisitos necesarios.

Qué son las Rentas de Inserción y el IMV

Las Rentas Mínimas de Inserción (RMI) son los programas gestionados a nivel autonómico y a «las personas y familias que carecen de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, acompañado además de un proceso de intervención social», según explica el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. En este caso, el importe y los requisitos necesarios dependen de la comunidad autónoma.

El Ingreso Mínimo Vital es también una prestación dedicada a los hogares en situación de vulnerabilidad para «prevenir el riesgo de pobreza y la exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y no disponen de los recursos necesarios básicos», según señala la Seguridad Social. En 2023, esta cuantía es de 565,37 euros mensuales para un único beneficiario.

Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años

Primero habrá que haber agotado el paro y/o subsidio por desempleo, además de no tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). De igual modo, el solicitante debe carecer de rentas propias. También hay que estar inscrito como demandante de empleo en la comunidad correspondiente y tener un mínimo de cotización, que en este caso será de 90 y 359 días, según la Seguridad Social.

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