efe
Viernes, 15 de julio 2016, 18:50
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado hoy con 638.700 euros a la empresa fabricante de máquinas de lavado de vehículos Istobal, con sede en L'Alcúdia, por prácticas restrictivas de la competencia.
Publicidad
Según explica la CNMC en un comunicado, la empresa diseñó una estrategia dirigida a excluir del mercado a los servicios de asistencia técnica (SAT) independientes, haciendo referencia a su necesidad de garantizar que el buen nombre de su marca no se deteriorase en el caso de que el mantenimiento y la reparación de sus máquinas no fueran realizadas con un determinado nivel de calidad.
noticias relacionadas
Esta justificación se ha considerado insuficiente, pues la conducta constituye "un abuso de posición de dominio", señala la Comisión.
De este modo, considera acreditado que Istobal negó el suministro de piezas de repuesto e información técnica a los SAT independientes, es decir, que no formaban parte de su red autorizada.
Asimismo, se repartió geográficamente el mercado de servicios de reparación y mantenimiento de maquinaria de los centros de lavado de automóviles, según la CNMC.
El expediente se inició como consecuencia de una denuncia de posibles prácticas anticompetitivas. En concreto, sobre una supuesta negativa de Istobal a suministrar piezas de repuesto a las empresas de mantenimiento y talleres de asistencia técnica externos a su red.
Una vez instruido el expediente, la CNMC considera acreditado que lstobal contaba con un acuerdo restrictivo de la competencia que se traducía en varios acuerdos para no suministrar repuestos a los SAT independientes.
Publicidad
Uno de ellos con su propia red de servicio técnico y el otro con los fabricantes que le elaboran las piezas exclusivas.
Además, tampoco suministraba a los talleres independientes la información técnica necesaria para reparar las máquinas.
Competencia también ha probado que la empresa había alcanzado un acuerdo de reparto de mercado de los servicios de reparación y mantenimiento de maquinaria y equipos de lavado en el que se excluía a los SAT independientes.
Publicidad
La CNMC recuerda que contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Empieza febrero de la mejor forma y suscríbete por menos de 5€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.