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Istobal recurrirá la sanción de 639.000 euros de la CNMC

La empresa valenciana fabricante de máquinas de lavado de coche achaca la multa a un «error jurídico»

EUROPA PRESS

Lunes, 18 de julio 2016, 17:37

La empresa valenciana Istobal ha decidido interponer un recurso contencioso-administrativo contra la sanción que le ha impuesto la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por supuestas prácticas anticompetitivas y solicitar medidas cautelares de suspensión al considerar que dicha decisión es "completamente errónea y contraria a derecho".

La CNMC ha impuesto una sanción de 638.770 euros a la empresa fabricante de máquinas de lavado para coches Istobal por prácticas restrictivas de la competencia. De acuerdo con el regulador, la mercantil diseñó una estrategia dirigida a excluir del mercado a los servicios de asistencia técnica (SAT) independientes.

En concreto, cree que Istobal contaba con varios acuerdos para no suministrar repuestos a los SAT que no formaban parte de su red autorizada (independientes), uno de ellos con su propia red de servicio técnico y el otro con los fabricantes que le elaboran las piezas exclusivas.

Sin embargo, la empresa argumenta que se le está imputando una infracción y se le impone una sanción en base a normativa que no le resulta de aplicación en absoluto. "Como consecuencia de ese error jurídico se alcanzan conclusiones inaplicables a Istobal. En concreto, se le aplica la normativa de la distribución de vehículos automóviles. ISTOBAL no distribuye vehículos automóviles", sostiene la empresa en un comunicado.

En este sentido, detalla que la normativa de distribución de vehículos que "erróneamente" se ha aplicado a Istobal es Reglamento (UE) nº 461/2010, de 27 de mayo de 2010, relativo a la aplicación del artículo 101, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas en el sector de los vehículos de motor.

Según la empresa, la normativa que le resultaría de aplicación es el Reglamento (UE) nº330/2010 de la Comisión, de 20de abril de 2010, relativo a la aplicación del artículo 101, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas.

Por tanto, "como consecuencia de la aplicación de ese error jurídico y sin realizar ningún estudio económico, técnico o jurídico, la CNMC afirma, inopinadamente, que Istobal ostenta una posición de dominio".

La firma valenciana mantiene que "es completamente falso y no consta en el expediente administrativo que Istobal haya negado el suministro de piezas e información técnica a los servicios de asistencia técnica (SAT) independientes".

«Distribución selectiva»

Añade que el sistema de distribución adoptado por Istobal es el denominado de "distribución selectiva", es decir, aquel sistema de distribución en el cual se seleccionan colaboradores en base a criterios objetivos (de calidad en el servicios, en otros).

En el sistema de distribución selectivo, apunta, "es perfectamente lícito exigir que los SAT independientes sean suministrados directamente por Istobal y no por los restantes SAT, como establece el artículo 4.b).iii) del Reglamento UE 330/2010".

Igualmente, asevera que es "completamente lícito suscribir acuerdos de subcontratación para la fabricación de determinadas piezas y exigir que el colaborador-fabricante custodie y respete los derechos de propiedad industrial que le traslada, en este caso, Istobal". Este tipo de acuerdo de subcontratación están autorizados, dice, por la Comunicación de la Comisión Europea de 18 de diciembre de 1978.

Por otro lado, alega que destaca expresamente la resolución sancionadora que las presuntas infracciones sancionadas no han tenido efectos en los consumidores.

Finalmente, Istobal se muestra "plenamente convencido que los errores jurídicos y de hechos contenidos en la resolución sancionadora conducirán a su anulación por los tribunales de justicia en el curso del recurso contencioso-administrativo a interponer" y reitera que "siempre ha cumplido con la legalidad y desarrollado una estrategia comercial conforme a ley".

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