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Una normativa europea obligará a publicar todos los salarios de los trabajadores de una empresa
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Los empleados podrán pedir una indemnización por discriminación si existen brechas en las nóminas superiores al 5%A partir del 7 de julio de 2026 va a haber un buen cambio en la relación entre los empleados y las empresas. La Comisión Europea entiende y justifica que tiene que aplicar una nueva normativa para «luchar contra la discriminación retributiva y contribuir a eliminar la brecha retributiva de género». Y así será. Cambiarán para siempre las ofertas de trabajo, ya no volverán a ser como ahora las entrevistas para optar a un puesto laboral y una vez dentro de la mercantil, los empleados deberán conocer periódicamente el salario o banda retributiva en la que se encuentran, pudiendo pedir indemnizaciones por discriminación.
La normativa europea fue aprobada en abril de 2023, pero no será efectiva, no entrará en vigor, hasta 2026. El 7 de julio de 2026 es la fecha marcada en rojo para toda relación existente entre empleado y empleador. Eso sí, la nueva ley no afectará a todas las mercantiles por igual. El texto que emana de la Comisión Europa establece que el salario y la banda retributiva de cada empleado se deberá anunciar una vez al año en el caos de las empresas con más de 250 trabajadores. Para las que no alcanzan esa cifra la obligación de publicación de los datos será cada tres año, mientras que si una empresa tiene menos de un centenar de empleado no tendrá obligación alguna en publicar datos ciertamente sensibles.
Europa considera que de esta forma las empresas aplicarán transparencia en algo tan privado como la relación entre un empleado y la mercantil. A partir del 7 de julio de 2026 se darán a conocer las diferencias de salarios por puesto, dejando en evidencia las cuentas en las que puedan haber «discriminación interseccional (la combinación de múltiples formas de desigualdad o desventaja, como el género y la etnia o la sexualidad)», según explican desde la Comisión Europea en su propia página web.
Si un trabajador observa que su salario no está acorde al nivel de su banda retributiva o que existen diferencias que superan la cuantía de un 5% de la nómina, podrá acudir a la justicia a exigir una indemnización por discriminación retributiva. En este nuevo escenario ya no será el empleado el que sostenga la carga de la prueba, sino que será el empleador el que tenga que demostrar ante la autoridad judicial que el reparto salarial no infringe esta nueva normativa europea. La indemnización, además de las multas correspondientes a la empresa, sería una suma de todos los salarios atrasados con dicha diferencia considerada discriminatoria.
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Pero la nueva normativa no cambiará únicamente las relaciones entre trabajadores y empresas, sino también entre candidatos y mercantiles, ya que aplica nuevos límites a tener en cuenta durante el proceso de contratación. Sin ir más lejos, a partir de la reiterada fecha de 2026, todas las ofertas de trabajo deberán mostrar obligatoriamente el salario que se va a percibir, o al menos la banda retributiva en la que se encontrará la nómina del futuro trabajador. Una vez se acorde una entrevista de trabajo, por parte de la empresa estará terminantemente prohibido cuestionar al candidato con respecto a su historial de nóminas en anteriores experiencias laborales.
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