Aunque todavía no se han aprobado, los Presupuestos Generales del Estado de 2021 traerán cambios fiscales que afectarán tanto a empresas como a particulares y que tocarán desde el IRPF hasta el Impuesto de Sociedades o el de Patrimonio. Medidas que, según los expertos consultados por LAS PROVINCIAS, podrían suponer «una contracción del consumo o de las reinversiones», apuntan desde Anaford Abogados, y afectar a la liquidez de empresas y particulares «lo que tarde o temprano acabará afectando a sus decisiones de inversión», indican desde Garrigues.
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Impuesto de Sociedades. Eliminación de la exención por dividendos y plusvalías
La principal novedad es la reforma del régimen de exención en dividendos y ganancias de capital, «que pasarán a estar gravados en un 5% (tributación efectiva del 1,25%) al considerarse que ese porcentaje equivale a gastos no deducibles de gestión de la participación», explica Miguel Guillem, socio de EY Abogados en la Comunitat, que señala que esta medida se aparta de la tendencia internacional.
A su juicio, «resta atractivo inversor a nuestro país a la hora ya no sólo de realizar inversiones en el mismo, sino de canalizarlas en otras jurisdicciones como Latinoamérica a través de vehículos societarios radicados en España». Además, se produce «en un escenario de crisis económica en que la caja vuelve a ser la palanca fundamental para poder garantizar la supervivencia y la actividad» de las empresas.
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IRPF. Dos nuevos tramos de tributación para rentas altas
«El ámbito de la fiscalidad personal el impacto principal consiste en un incremento de los tipos de gravamen, pero exclusivamente para aquellos contribuyentes con rentas y patrimonios más elevados«, detalla el socio del departamento de Tributario de Garrigues en Valencia, Javier Calatayud.
Se traduce, añade Guillem, «en la subida de dos puntos porcentuales a las rentas que superen los 300.000 euros, así como la creación de un nuevo tramo en las ganancias de capital que superen los 200.000 euros, que elevará su tributación hasta el 26% en lo que supere dicho importe».
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Y advierte de la incidencia que podría tener para los valencianos, ya que la Generalitat prevé dos nuevos tramos en el IRPF para las rentas mayores de 140.000 y 175.000 euros, lo que podría llevar a elevar la tributación marginal en IRPF por encima del 50%. «Siete puntos más respecto a otras autonomías», matiza Calatayud.
Planes de pensiones. Reducción de las deducciones
Ligada al IRPF aparece una novedad relacionada con las pensiones. Como explica Guillem, se trata de la limitación de la reducción de la base imponible del IRPF por aportaciones a planes de pensiones que pasa de 8.000 euros a tan sólo 2.000. En cambio «se aumenta el límite de posible aportación anual entre planes individuales y de empresa, que pasa de 8.000 euros a 10.000». Según comenta, «no parece tener un efecto incentivador sobre este tipo de productos tan necesarios para complementar las prestaciones sociales e incrementan la sensación de inseguridad jurídica».
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Impuesto de Patrimonio. Sube el tipo máximo, se reduce el mínimo exento
Habrá subida del tipo aplicable a patrimonios superiores a 10 millones, que pasarían del 3,12% actual al 3,5%. También se reduce el mínimo exento, que baja de 600.000 a 500.000 euros, como propone la Comunitat. «Si estas medidas, junto con el aumento de la presión fiscal propuesto por el Gobierno central, son finalmente aprobadas, generarán un incremento relevante de la carga fiscal para aquellos contribuyentes con salarios o rendimientos empresariales más elevados», resaltan Miriam Gimeno y Enrique Lucas, de Anaford Abogados.
Transmisiones Patrimoniales. Introducción del 'valor de referencia del catastro'
Desde Anaford resaltan otro cambio para el próximo ejercicio, ya que las transmisiones de inmuebles se verán afectadas con la introducción del denominado 'valor de referencia del catastro'. «Se convertirá en la base imponible de los tributos patrimoniales y supondrá de forma implícita un aumento en la tributación bajo el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y bajo el Impuesto de Sucesiones y Donaciones».
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La reforma propuesta por el Gobierno tendrá «un impacto directo y profundo» en la recaudación de las comunidades autónomas –son impuestos cedidos a éstas– y «afectará directamente al desembolso fiscal de los adquirentes de bienes inmuebles en todo tipo de transmisiones (herencias, donaciones, compraventas, etc.), con independencia de sus circunstancias económicas».
Sicav. Aumento de la participación exigida en estas sociedades
Guillem apunta otra medida: la más que posible reforma del régimen de las sociedades de inversión de capital variable (Sicav), que se traduciría «en un aumento de la participación mínima exigida cada partícipe a 2.500 euros y entregando el control de dicho requisito para gozar del régimen fiscal especial a la Agencia Tributaria».
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IVA. Subida para bebidas alcohólicas y refrescos
El Gobierno también prevé reformas en el IVA. «Entre otras el aumento desde el 10% al 21% del tipo de gravamen aplicable a las bebidas alcohólicas y refrescos, así como aumentos en el impuesto sobre hidrocarburos aplicable al diésel», señalan Gimeno y Lucas. En el primer caso, además, esta misma semana el Ejecutivo rectificaba su intención inicial de incluir a los zumos y néctares en el listado de bebidas a los que subirá el IVA.
Se acerca el último mes del año y es momento de hacer cuentas de cara a la declaración de la Renta de 2020. Este año, los trabajadores que han sufrido un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) tendrán que tener en cuenta dos aspectos. Por un lado, como explica Miguel Guillem (EY), el SEPE se considera un segundo pagador a efectos de IRPF, «lo que podría acarrear que trabajadores con rentas inferiores a 14.000 euros que en condiciones normales no se veían obligados a presentar declaración tengan que hacerlo».
Por otro, según Javier Guinot, asociado principal del departamento de Derecho Fiscal de Garrigues en Valencia, como la prestación no tendrá retención o será inferior a la habitual, «al presentar la declaración de 2020 y acumular esos rendimientos al sueldo ordinario percibido de su empresa, el impuesto les saldrá previsiblemente a pagar, así que les recomendaría cuantificar cuanto antes ese importe y ordenar sus finanzas personales para evitar un susto en junio de 2021. Una alternativa prudente consistiría en pedirle a la empresa que en la nómina de diciembre o en la extra de Navidad incremente la retención para absorber el efecto».
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