Aunque ya queda lejos en el tiempo y probablemente ya no quede nada de ella, en 2023 el Gobierno concedió una ayuda de 200 euros a cientos de miles de personas que tenían un bajo nivel de ingresos y patrimonio, pero ese bono social tiene que declararse en el IRPF de 2024.
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La ayuda iba destinada a quienes durante el año 2022 hubieran sido asalariados, autónomos, o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo, y permitía el acceso a mucha más gente que la que lo pudo disfrutar en el año anterior. Pero toda esa gente ahora debe rendir cuentas con Hacienda al hacer la Declaración de la Renta 2023, que es la que se presenta en 2024.
AEAT ya especificó al publicar los requisitos que la ayuda de 200 euros tributa en la declaración del IRPF del ejercicio en el que se cobre como una ganancia patrimonial a integrar en la Base Imponible General del impuesto.
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Así, esta ayuda está insertada en el apartado 'F1. Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible general)', y más concretamente en el subapartado 'Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales'.
La casilla que hay que rellenar es la 0356, llamada 'Ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio'.
Puedes consultar toda la información relacionada con la Declaración del IRPF en el Manual Práctico de la Renta realizando una sencilla búsqueda por palabras (por ejemplo 'ayuda de 200 euros').
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La Agencia Tributaria recuerda que, en aquellos casos en los que se aprecie que no concurran las circunstancias y requisitos necesarios para la percepción de la ayuda prevista en el artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio (esto es, la ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio), únicamente procederá el reintegro de la misma cuando el perceptor deba presentar declaración por el IRPF correspondiente al ejercicio 2023. A tal efecto, se pondrá a disposición desde el 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024 un formulario electrónico a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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La ayuda de 200 euros era una ayuda en régimen de pago único, de la que fueron beneficiarias las personas físicas que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estuvieran dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o fueran desempleados inscritos en la oficina de empleo, o beneficiarios o no de la prestación o subsidio por desempleo, siempre que en 2022 hubieran percibido ingresos inferiores a 27.000 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 75.000 euros anuales a 31 de diciembre de 2022.
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El cómputo de ingresos y de patrimonio se efectúa de manera conjunta, considerando dichos importes de manera conjunta con su cónyuge o pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho de la respectiva Comunidad o Ciudad Autónoma, con aquellas personas que pudiesen dar derecho a aplicar el mínimo por descendientes regulado en la Ley del IRPF, así como con los ascendientes hasta segundo grado por línea directa que convivan en el mismo domicilio. Para la determinación de estas circunstancias se atenderá a la situación existente a 31 de diciembre de 2022.
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