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Una oficina de la Agencia Tributaria. Marta Fernández Jara / Europa Press

Renta 2021: los receptores del Ingreso Mínimo Vital que sí tendrán que pagar a Hacienda

Los beneficiarios del IMV deben presentar la declaración y puede salirles a pagar si sumando otras posibles ayudas, ingresan 1,5 veces el IPREM

clara alba

Miércoles, 13 de abril 2022, 18:55

Hacienda dio el pasado miércoles el pistoletazo de salida a la campaña de la Renta 2021. En total, la Agencia Tributaria calcula que ingresará 2.278 millones de euros, un 44% más que los 1.581 millones de 2020. Y todo a pesar de que, si se cumplen las previsiones, un 65% de las declaraciones saldrán a devolver, con un importe total de 11.122 millones de euros. Es un 5,8% más que el año anterior.

El contrapeso lo pone la estimación de declaraciones positivas (a ingresar), que se acercarán a los 5,97 millones con una cuantía estimada de 13.400 millones de euros, un 10,8% más.

Cinco claves para hacer la declaración

Los contribuyentes tienen distintos canales y fórmulas para presentar su borrador antes del 30 de junio. ¿Cuáles son los primeros pasos a seguir?

1. ¿Quién tiene que declarar? En general, no están obligados los contribuyentes con rentas del trabajo de hasta 22.000 euros anuales, aunque el límite se reduce a 14.000 si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones).

2. ERTE e IMV. Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben presentar la declaración, aunque eso no implica que tengan que pagar a no ser que perciban, sumando otras posibles ayudas, 1,5 veces el IPREM.

En caso de haber estado en ERTE, al haber tenido acceso a al menos dos pagadores, si la suma de sus retribuciones supera los 14.000 euros, tendrán que presentar la declaración si las rentas obtenidas por el segundo pagador superan los 1.500 euros.

3. Clave PIN. Junto al certificado y el DNI electrónicos, es el sistema de acceso a 'Renta Web'. Para obtenerlo, se necesita un registro previo en internet, con el DNI y número de móvil. Por otro lado, el número de referencia mediante el servicio REN0 se puede solicitar en la página de la AEAT, para lo que hay que tener a mano el DNI y su fecha de validez, la casilla 505 de la Renta 2020.

4. Revisión de datos económicos y personales. Los expertos aconsejan revisar el borrador a través de Renta Web, especialmente en algunos puntos como referencias catastrales, circunstancias familiares que puedan haber cambiado, cuotas sindicales o deducciones autonómicas.

5. Asistencia e información. Los ciudadanos podrán hacer su declaración a través programa 'Le Llamamos' con cita a partir del 3 de mayo. Para hablar con un operador, se han establecido los teléfonos 91 553 00 71 y 901 22 33 44 de 09.00 a 19.00 de lunes a viernes. Y si solo hay que resolver dudas, se puede llamar al teléfono de Renta Información (91 554 87 70 y 901 33 55 33).

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