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¿Cuánto tarda Hacienda en devolver la Renta 2023? AEAT anuncia un ingreso en tiempo récord en 2024

¿Cuánto tarda Hacienda en devolver la Renta 2023? AEAT anuncia un ingreso en tiempo récord en 2024

La Agencia Tributaria subraya que los primeros reintegros a quién la declaración le sale negativa se producirán en cuestión de horas

Nacho Ortega

Valencia

Jueves, 4 de abril 2024, 12:14

La campaña de la Renta 2023 se ha iniciado a principios de abril y la Agencia Tributaria ha comunicado que las primeras devoluciones se producirán en tiempo récord. Según AEAT, los reintegros a los contribuyentes que hayan presentado la declaración el primer día (3 de abril) y a los que les salga a devolver se iniciarán en apenas 48 horas, el viernes 5 de abril, algo que viene siendo habitual en los últimos años.

Sin embargo, no todos tienen por qué recibir el dinero que les sale a devolver en ese plazo tan breve. La Agencia Tributaria tiene un plazo para pagar de seis meses desde que se presenta la declaración. Si se realiza fuera de plazo, empieza a contar desde el día exacto en el que se ha hecho.

Cómo consultar el estado de la devolución

Si el resultado final de tu declaración fue una cantidad a devolver puedes consultar el estado de la devolución que has solicitado. La consulta se realiza accediendo a tu expediente a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB).

¿Y si pasan más de 6 meses?

Si la liquidación provisional no se hubiera practicado en el mencionado plazo de seis meses, la Administración procederá a devolver de oficio el exceso de pagos a cuenta sobre la cuota autoliquidada, sin perjuicio de la práctica de las liquidaciones ulteriores, provisionales o definitivas, que pudieran resultar procedentes.

Transcurrido el plazo de seis meses sin que haya sido ordenado el pago de la devolución por causa imputable a la Administración tributaria, se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora tributario desde el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha en que se ordene su pago, sin necesidad de que el contribuyente lo reclame.

Finalmente, deberá tenerse en cuenta que, de apreciarse errores u omisiones en la declaración, la Administración tributaria puede rectificar el resultado de la liquidación efectuada por el contribuyente mediante la correspondiente liquidación provisional, modificando la cuantía de la devolución solicitada o determinando la improcedencia de la misma.

AEAT recuerda que no será imputable a la Administración tributaria la demora cuando la devolución no pueda tramitarse dentro del plazo señalado, por no estar la declaración correctamente cumplimentada en todos sus extremos, no contener la documentación exigida, o carecer, o ser erróneos, los datos de la cuenta a la que deba ser transferido su importe.

La devolución no es automática: hay que pedirla

Así pues, la devolución no es automática. El contribuyente debe solicitarla expresamente por medio del «Documento de Ingreso o Devolución» (modelo 100) que acompaña a los impresos de la declaración propiamente dicha.

Con carácter general, la devolución se efectúa mediante transferencia bancaria a la cuenta que el contribuyente indique como de su titularidad en el mencionado documento de ingreso o devolución, aunque puede autorizarse el pago por cheque nominativo sin cruzar del Banco de España en caso de que el contribuyente no tenga cuenta abierta en ninguna Entidad colaboradora o concurra alguna circunstancia que lo justifique.

Las previsiones de AEAT: devolverá 11.650 millones

Este año se prevé la presentación de 23.281.000 declaraciones, un 1,2% más, de las cuales se espera que 14.614.000, casi un 63%, den derecho a devolución por un importe global estimado de 11.650 millones de euros.

Por su parte, los contribuyentes con declaraciones a ingresar (según lo previsto, 7.092.000 declaraciones por importe de 18.908 millones de euros) de igual forma que en años anteriores no tendrán que realizar los primeros pagos hasta el final de la campaña.

La Campaña de Renta que ahora arranca tiene como principal novedad la puesta en marcha, a partir de mayo, de un plan especial de asistencia en la confección y presentación de la declaración específicamente destinado a personas mayores de 65 años que residen en pequeños municipios de la geografía española.

Calendario de la Renta 2023: fechas claves en 2024

El plazo de presentación finalizará el 1 de julio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 26 de junio.

La atención telefónica para la confección y presentación de declaraciones (plan 'Le Llamamos') comenzará el 7 de mayo, con solicitud de cita a partir del 29 de abril, y la atención presencial en oficinas se iniciará el 3 de junio, con solicitud de cita a partir del 29 de mayo.

Plan especial para mayores

El plan especial para mayores de 65 años en pequeños municipios arrancará con las mismas fechas del plan 'Le Llamamos'. La atención personalizada, por teléfono y en oficinas, seguirá contando con el apoyo de CCAA y ayuntamientos.

Este año se ha mantenido la disponibilidad anticipada de los principales servicios de asistencia (la obtención del número de referencia para la presentación desde el 12 de marzo, y desde el 19 de marzo tanto la descarga y visualización de los datos fiscales, como la actualización de la 'app' para la campaña y los primeros contenidos informativos de campaña, tanto en la Sede electrónica como en la propia 'app'.

La Agencia Tributaria lanza un plan de asistencia en la Renta para mayores de 65 años EP

Nuevas deducciones

Entre estos contenidos adicionales se han incluido apartados específicos para explicar de manera sencilla los supuestos ampliados de deducción por maternidad y gastos de guarderías, las nuevas deducciones por vehículos eléctricos y puntos de recarga, y el sistema de devolución para mutualistas previa presentación del formulario de solicitud.

Gracias a esta anticipación de servicios, más de 1,6 millones de contribuyentes han accedido ya a sus datos fiscales, y una cifra similar ha obtenido el número de referencia para la gestión y presentación de su declaración, de forma que han tenido la oportunidad de prepararse con tiempo para poder presentar la declaración, si lo desean, desde el primer día a través de 'Renta Web', agilizando así también las devoluciones que, en su caso, les correspondan.

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