![Hacienda justifica el nuevo requisito que complica el cobro de la deducción por alquiler](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/201910/14/media/cortadas/Imagen%20LF2RCJH1-RlRJ741IQnADoYSnpqVQoQP-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
![Hacienda justifica el nuevo requisito que complica el cobro de la deducción por alquiler](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/201910/14/media/cortadas/Imagen%20LF2RCJH1-RlRJ741IQnADoYSnpqVQoQP-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
Secciones
Servicios
Destacamos
La Conselleria de Hacienda defiende la exigencia del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados, previo a la declaración de la renta, a quienes viven de alquiler y tienen derecho a la deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual.
Desde el departamento que dirige Vicent Soler justifican ese nuevo requisito que, como publicó este periódico, complica el cobro de una bonificación que solicitan cada año más de 21.000 valencianos y que puede alcanzar los 700 euros para menores de 35 años, hasta 850 euros si tienen una discapacidad.
Según Hacienda, la Generalitat se limita a recordar esa obligación legal estatal y a exigirla en vez del depósito de fianza, que compete al casero pero reclamaba al inquilino para dar luz verde a esa bonificación fiscal.
En 2018, la Generalitat eliminó por ley ese requisito y optó por reclamar el ITP, pero con la exigencia de haber pagado ese tributo antes de presentar la renta. Sobre esa última circunstancia, fuentes jurídicas señalaron que podría derivar en reclamaciones judiciales de afectados a quienes denieguen la deducción por no haber liquidado, con carácter previo, un impuesto que apenas supera los treinta euros para un alquiler de un año y 640 euros mensuales.
Desde marzo, los inquilinos están exentos del ITP -en viviendas para uso permanente-, pero Hacienda seguirá exigiendo ese tributo para pagar la deducción, que supuso una cuarta parte del desembolso autonómico en la renta de 2017. Hacienda sostiene que informó del requisito al publicar la ley que acabó con el criterio anterior en el DOGV y, en la web de la conselleria, el manual de la renta y los criterios para aplicar la normativa.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.