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Oficina de la Seguridad Social. José Luis Ros Caval
Las personas que van a perder de golpe el Ingreso Mínimo Vital el 1 de enero de 2025

Las personas que van a perder de golpe el Ingreso Mínimo Vital el 1 de enero de 2025

IMV ·

Los beneficiarios están obligados a presentar la declaración de la Renta todos los años

Jaume Lita

Valencia

Jueves, 24 de octubre 2024, 13:23

Recibir el Ingreso Mínimo Vital no es un cheque en blanco que permita percibirlo para el resto de la vida y ante cualquier cambio. Es más, la Seguridad Social sigue un estricto protocolo para verificar periódicamente que cualquier beneficiario cumple con los requisitos mínimos que se exigen tanto para recibirlo por primera vez como para mantenerlo con el paso del tiempo. El 1 de enero de 2025 habrá personas que dejen de ingresar de golpe el Ingreso Mínimo Vital. La Seguridad Social va a realizar en las próximas semanas una nueva revisión de todos y cada uno de los casos para verificar que no se está ingresando de forma indebida.

Que se conozcan de forma clara existen dos momentos del año en los que la Seguridad Social verifica toda la información fiscal que tiene de las personas que son beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital. El primer momento del año es tras la campaña de la declaración de la Renta. El Instituto Nacional de la Seguridad Social obliga a que toda persona que perciba esta ayuda presente la declaración de la Renta, ya que de esta forma se consigue tener de forma actualizada toda la información fiscal de ingresos en la unidad familiar. Una vez presentada, es la Agencia Tributaria la que remite el desglose de datos para que la Seguridad Social verifique caso por caso que las cifras declaradas se ajustan con los límites que impone la ley para ingresar periódicamente el IMV.

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Después de presentar la declaración de la Renta puede haber personas que lo pierdan, ya que el nivel de ingresos es determinante para percibir esta ayuda que justamente va encaminada a garantizar una serie de ingresos mínimos en casos excepcionales. El otro momento del año en el que el INSS procede a revisar los ingresos de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital es en las últimas semanas del año, justo a partir de estas semanas.

Ahora la Seguridad Social procederá a analizar los ingresos y demás datos que determinan tanto si se percibe como si no, así como la cuantía que se ingresa en cada caso. Esto puede tener cuatro resultados diferentes:

- La Seguridad Social certifica que la situación económica no ha variado, por lo tanto se mantiene íntegramente la cuantía del Ingreso Mínimo Vital.

- La situación fiscal ha variado de tal forma que la persona beneficiaria tiene derecho a un aumento de la cuantía a percibir de Ingreso Mínimo Vital.

- Una leve mejoría de la situación obliga a que la Seguridad Social reduzca en su proporción el ingreso mensual del IMV.

- Los datos fiscales han variado de tal forma que el beneficiario pierde el derecho a seguir cobrando la ayuda.

Así que tras las comprobaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social habrá gente que el 1 de enero de 2025 ya no tenga derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital, perdiendo la cuantía mensual que hasta ahora percibían periódicamente.

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