Secciones
Servicios
Destacamos
LP.ES
Martes, 6 de abril 2021, 18:39
A la hora de la hacer la declaración de la Renta, Hacienda beneficia a algunos contribuyentes por determinados factores. Es lo que se conoce como deducciones fiscales.
En la Comunitat Valenciana, la Agencia Tributaria contempla las siguientes deducciones autonómicas del IRPF en la Renta 2020
- Por conciliación del trabajo con la vida familiar.
- Por cantidades destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en el marco de lo dispuesto en la Ley 6/2009, de 30 de junio, de la Generalitat, de protección a la maternidad.
- Por adquisición de material escolar.
- Por cantidades destinadas a abonos culturales.
- Por obtención de rentas derivadas del arrendamiento de vivienda cuya renta no supere el precio de referencia de alquileres privados (deducción del arrendador).
- Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud del Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, a trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE y a los que han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19.
- Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud de la Orden 5/2020, de 8 de junio, para la adquisición o electrificación de bicicletas urbanas y vehículos eléctricos de movilidad personal.
- Por cantidades destinadas a la primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años.
- Por cantidades destinadas a la adquisición de su vivienda habitual por personas con discapacidad.
- Por cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual procedentes de ayudas públicas.
- Por arrendamiento vivienda habitual.
- Por arrendamiento vivienda como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en municipio distinto de aquel en el que el contribuyente residía con anterioridad.
- Por inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o destinadas al aprovechamiento de determinadas fuentes de energía renovables en las viviendas o edificio dónde se ubiquen.
- Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en el período.
- Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en 2014 y 2015.
- Por donaciones con finalidad ecológica.
- Por donaciones de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Por donativos para la conservación, reparación y restauración de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Por donaciones destinadas al fomento de la Lengua Valenciana.
- Por donaciones o cesiones de uso o comodatos para otros fines de carácter cultural, científico o deportivo no profesional.
- Por donaciones dinerarias dirigidas a financiar programas de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de las infecciones producidas por el Covid-19.
- Por donaciones para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis sanitaria producida por la Covid-19
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
La víctima del crimen de Viana recibió una veintena de puñaladas
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.