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N. Ortega
Valencia
Viernes, 2 de junio 2023, 00:51
Desde el 1 de junio y hasta que finaliza la campaña de la Renta 2022, que es la que se presenta en el año 2023, los contribuyentes pueden pedir cita precia para que la Agencia Tributaria les confeccione en las oficinas de Hacienda su declaración de Renta.
Para atenderte en oficina y realizarte tu declaración de Renta 2022 (atención presencial) necesitas concertar cita hasta el 29 de junio por teléfono o internet.
• Teléfono de cita previa para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
• Internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia
• App «Agencia Tributaria»
La anulación de citas se podrá realizar por cualquiera de los canales citados anteriormente.
- Debes llevar la documentación sobre tu situación personal y en todo caso:
• DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
• Número IBAN de cuenta bancaria.
• Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI).
• Autorización firmada por otros declarantes y su fotocopia del DNI (miembros de la unidad familiar o terceros) para realizar y en su caso presentar la declaración en su nombre.
• Modelo de autorización
- Cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal. Así:
• Si vives en un inmueble alquilado necesitas el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler.
• Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: los saldos pendientes de amortizar del préstamo original.
• Con hipoteca: los recibos de los seguros.
• Por donativos: los justificantes, etc.
Además, debes preparar los documentos siguientes si has percibido el tipo de renta o rentas durante el año y no aparecen imputados en los datos fiscales:
Por rendimientos del trabajo:
- Certificado emitido por el pagador.
- Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria).
- En el supuesto que la colegiación sea obligatoria, el importe de las cuotas satisfechas a colegios profesionales.
- Los gastos de defensa jurídica por litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos.
Por rendimientos del capital inmobiliario:
- Justificantes de ingresos (contratos…) y gastos deducibles (facturas…) por los alquileres de pisos, locales, plazas de garaje…de los que seas propietario o usufructuario.
- Para ayudarte a relacionar todos los datos cumplimenta el 'Modelo para cumplimentar datos de alquileres'.
Por rendimientos del capital mobiliario:
- Certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos en las transmisiones de letras del tesoro, obligaciones o de otros activos financieros, etc.
- Si has percibido un seguro contratado antes de 31/12/1994, el importe del capital recibido.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales por venta de vivienda habitual:
- Escrituras de compra y de venta.
- Fechas de adquisición y transmisión.
- Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
- Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida.
- Datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de venta.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes, fondos de inversión, premios, subvenciones etc.:
- Escrituras y/o documentación acreditativa.
- Fechas de adquisición y transmisión.
- Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
- Certificados de fondos de inversión.
- Justificante de premios.
- Justificante de subvenciones.
- Regularización por devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo:
- Certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas.
- Declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual, o se incluyeron dentro de los gastos deducibles de rendimientos de actividades económicas o capital inmobiliario.
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