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Tendidos eléctricos de alta ternsión. EFE/JAVIER CEBOLLADA
El Gobierno deberá flexibilizar la forma de contratar la luz

El Gobierno deberá flexibilizar la forma de contratar la luz

Unión de Uniones logra que el Supremo obligue a desarrollar por fin una disposición varias veces aprobada para poder cambiar dos veces al año la potencia eléctrica

C. BONELL

VALENCIA.

Domingo, 26 de marzo 2023, 23:49

Ya no puede haber excusa ni escapatoria oficial. El Gobierno tiene seis meses para desarrollar y aplicar una disposición que se ha aprobado en varias ocasiones pero quedó en vía muerta, para permitir que se pueda cambiar hasta dos veces por año de potencia eléctrica contratada, cuando ahora sólo se puede hacer una vez.

La Sección Quinta del Tribunal Supremo ha emitido un fallo sobre un recurso contencioso administrativo, iniciado por la organización agraria Unión de Uniones contra el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), por el cual obliga al Gobierno mediante sentencia firme a poner en marcha lo que se viene llamando de forma reiterada, pero equivocadamente, como contrato de 'doble tarifa eléctrica' para regadío, que en realidad consiste en permitir que un usuario pueda cambiar hasta dos veces al año de potencia contratada.

Esta posibilidad de variar la potencia eléctrica dos veces en un ejercicio, hasta ahora vetada de forma continuada, representa un importante factor de reducción de costes en infinidad de actividades donde las necesidades energéticas varían mucho según temporadas, como ocurre en el caso de infinidad de explotaciones agrarias y comunidades de regantes.

Es notorio que no hay igual necesidad de riegos en verano que en invierno; incluso existen cultivos en los que no se necesita nada de energía durante varios meses al año. En consecuencia, no tiene sentido que se obligue a seguir pagando por una potencia eléctrica elevada durante periodos en los que no se utiliza o se precisa mucha menos, porque basta con tener disponible sólo una bomba de las varias que pueda haber, o sencillamente porque durante una larga temporada no se precisa nada. Años atrás, esto no revestía gran importancia, porque las cuantías por potencia contratada importaban poco en los recibos -se llamaba popularmente el 'mínimo'-, pero ahora sí que tienen relevancia y, por tanto, suponen un elemento de posible ahorro.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 incluyó una disposición final cuadragésima quinta sobre adecuación de los costes del suministro eléctrico agrario, obligando al Gobierno a establecer reglamentariamente, antes de seis meses, una modalidad de contrato de acceso para regadío con la posibilidad de disponer de dos potencias diferentes a lo largo de 12 meses, en función de la necesidad de suministro para dicha actividad. Como finalizó dicho plazo en junio de 2021 sin haberse desarrollado tal medida, Unión de Uniones requirió por escrito al Miteco el cumplimiento de la ley. Al no recibir respuesta interpuso el correspondiente contencioso-administrativo que ahora ha sido fallado a favor de la organización.

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