Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Europa Press

La gran ayuda que ofrece el SEPE de forma muy especial: 15.840 euros

Prestaciones ·

El solicitante debe cumplir diversos requisitos tanto a la hora de solicitarla como para mantenerla

Jaume Lita

Valencia

Lunes, 11 de septiembre 2023, 01:02

La vida tiene un problema: se necesita del dinero para poder tener cierto nivel de vida, aunque sea el mínimo para sobrevivir. No todas las personas tiene la facilidad de encontrar uno, dos o varios empleos con los que poder ingresar mensualmente una cuantía acorde a los gastos de vivir. Alimentación, medicación, obligaciones bancarias, ocio, vestimenta... hay muchos gastos y a veces no hay ingresos o si hay son mínimos. Es por ello que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece una de las mayores ayudas que se pueden ingresar desde la administración. Está indicada, realmente, a casos muy extremos y tampoco es que sea un sustento sólido, porque el solicitante debe cumplir con ciertos requisitos a la hora de solicitarla y otros para poder mantenerla y alcanzar el total de 15.840 euros.

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Esta ayuda especial del SEPE realmente no es ni en un pago único, ni sucesivos pagos hasta alcanzar esa cantidad, sino que se puede solicitar hasta en tres ocasiones teniendo que haber una carencia de 365 días entre el último cobro y la nueva solicitud. 11 meses cobrando, un año esperando, otros once meses de cobro, 365 días de espera y los últimos 11 meses de ayuda. Así, sólo así, se puede alcanzar la gran cifra de casi 16.000 euros.

La cuantía realmente es una sucesión de ingresos mensuales de 480 euros y ahí empiezan todos los requisitos y cumplimientos. El solicitante debe ser un parado de larga duración y tener más de 45 años, un emigrante retornado con una edad igual o superior a los 45 años, mujeres víctimas de violencia de género o víctimas de tratas de violencia sexual o tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

El siguiente paso que seguirá el SEPE, después de comprobar el perfil del solicitante, será el de constatar que la persona que pide la ayuda especial ha agotado previamente la duración máxima de la prestación contributiva por desempleo junto al resto de subsidios ordinarios que le correspondieran. Es decir, que ya no puede cobrar ninguna otra ayuda porque las ha agotado todas. Sólo así podrá cobrar esta ayuda que se corresponde al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples).

Por si faltara algún requisito más, como haber agotado todo el paro, el solicitante deberá estar inscrito como demandante de empleo y está en búsqueda activa de empleo. Una vez aceptada la prestación y ya habiendo cobrado alguna mensualidad el solicitante debe cumplir más requisitos: no puede rechazar ninguna oferta de empleo que se le ofrezca y debe acudir y realizar todos los cursos de la plataforma pública.

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Los dos últimos que se comprobarán durante el proceso es que las rentas mensuales que declare el solicitante no deben sobrepasar el umbral del 75% del Salario Mínimo Interprofesional. Es decir, que en su cuenta bancaria los ingresos son inferiores a los 810 euros mensuales. Así se cobra esta ayuda de Renta Activa de Inserción, una prestación especial destinada para casos muy extremos.

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