![Hacienda avisa: Estos son los contribuyentes deben presentar el modelo 347 antes de marzo](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/01/15/Captura%20de%20pantalla%202024-01-15%20a%20las%2013.29.38-RudOepDN1ORjzvOZmhi4glN-1200x840@Las%20Provincias.png)
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Clara Alfonso
Valencia
Martes, 16 de enero 2024, 01:33
Con el inicio del nuevo año fiscal, la Agencia Tributaria ha emitido un recordatorio crucial para aquellos contribuyentes que deben cumplir con la obligación de presentar el modelo 347 antes de marzo. Este modelo, también conocido como la Declaración Anual de Operaciones con Terceros, es una herramienta fundamental en el sistema tributario que busca detectar posibles discrepancias entre los datos del afiliado al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y sus proveedores.
La relevancia de la correcta cumplimentación del modelo 347 radica en que cualquier error o irregularidad en su presentación podría desencadenar una inspección tributaria. Tal y como explican desde la Agencia Tributaria, «quienes realicen actividades empresariales o profesionales (autónomos, empresarios, proveedores y clientes) deberán declarar todas las personas o entidades con quienes efectúen operaciones que en su conjunto para cada una de dichas personas o entidades hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente», explican desde la Agencia Tributaria.
El plazo para la presentación del modelo 347 se extiende a lo largo de todo el mes de febrero. Durante este mes, se espera que se presenten todos los movimientos económicos, donde se incluyen operaciones inmobiliarias, entregas y adquisiciones de bienes y servicios, anticipos, transacciones con entidades aseguradoras, arrendamientos sin retención de IRPF, así como subvenciones y ayudas no reembolsables.
Quienes tienen la obligación de presentar el modelo 347, deben hacerlo a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria siguiendo este procedimiento:
• Para personas físicas (excepto las adscritas a la DCGC o UGGE):
- Electrónicamente, a través de Internet con sistema de firma con clave de acceso (sistema Cl@ve PIN).
- Electrónicamente, a través de Internet, con firma electrónica avanzada o un sistema de identificación y autenticación, utilizando un certificado electrónico reconocido.
• Para personas jurídicas en general, las personas físicas adscritas a la DCGC/UGGE, las Administraciones públicas, sociedades anónimas y limitadas, y otras entidades:
La presentación del modelo 347 deberá realizarse electrónicamente, a través de Internet, con firma electrónica avanzada o un sistema de identificación y autenticación, utilizando un certificado electrónico reconocido.
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