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Jueves, 6 de enero 2022, 01:16
Los Reyes han pasado por casa y a más de uno le habrán dejado un buen regalo bajo el árbol en forma de billetes. Hay quien prefiere optar por un generoso aguinaldo como mejor opción para regalar en las fiestas navideñas, y eso supone tener que conocer qué podemos hacer con ese efectivo. Porque Hacienda se ha puesto más en serio que nunca con los controles a la economía sumergida y vigila cualquier tipo de movimiento que resulte sospechoso.
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Por ello es importante saber qué cantidades alarman a Hacienda y cuáles son los movimientos que atraen los ojos de la Agencia Tributaria. Si esto ocurre, el departamento puede poner en marcha una inspección hasta aclarar si las transacciones son o no lícitas y, de concluir que no lo son, estaremos expuestos a una sanción por parte de Hacienda.
Y es que Hacienda pueda solicitar tanto información como una justificación de ingresos que superen los 3.000 euros, que es la cantidad máxima que se puede ingresar sin levantar sospechas.
Además, Hacienda también controla los movimientos de dinero en metálico con billetes de 500 euros y otro tipo de ingresos, llamados recurrentes, que son los de cantidades pequeñas pero que se realizan de forma continuada o en un corto espacio de tiempo en la misma cuenta bancaria.
La Agencia Tributaria también ha regulado el límite de dinero para pagar en efectivo a 1.000 euros, por lo que no se podrán hacer transacciones en metálico por encima de esta cifra.
Otro dato importante a tener en cuenta respecto al efectivo que hayamos podido acumular estas Navidades es que para Hacienda los regalos de dinero se consideran una donación, y por lo tanto todas las aportaciones en metálico se deben declarar para abonar el asociado Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La cuantía de este impuesto está trasferida a las autonomías y varía en función de los criterios de cada una, además del grado de parentesco entre los implicados. Cuanto más cercano sea, menos impuestos se pagan, además la cantidad a tributar depende del dinero que se haya recibido.
Podemos caer en el error de pensar que si no lo declaramos no pasa nada, a pesar de que, siguiendo la normativa, todas las donaciones de dinero deberían serán presentadas con liquidación del impuesto en una periodo de 30 días hábiles. ¿Qué pasa si optamos por no hacerlo? Pues que si nos pilla Hacienda, nos exponemos a una infracción. La falta puede ser considerada leve si el regalo no supera los 3000 euros, por lo que habría que pagar una multa proporcional al 50% del dinero que no se ha pagado a la Agencia Tributaria.
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