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VIRGINIA CARRASCO/Colpisa

El importante aviso del Banco de España sobre el cobro de comisiones en cuentas bancarias

El titular de las mismas debe estar al tanto de qué puede hacer la entidad cuando no se registran movimientos y quedan inactivas

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Sábado, 12 de marzo 2022, 01:19

Es algo más que habitual tener varias cuentas bancarias y que algunas de ellas incluso sean de diferentes entidades. En estos casos, con el tiempo se suelen dejar abandonadas o en el olvido al menos una de ellas, que aunque esté inactiva puede suponerte un gasto adicional o un sobresalto, ya que no usarla no signnifica que renuncies a su mantenimiento. Sobre esta falsa creencia advierte el Banco de España en su portal del cliente bancario, donde deja muy claro qué ocurre en estos supuestos.

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Lo primero que hay que saber es que tener una cuenta vacía no significa que esté cancelada, ya que aunque hayas retirado todo el saldo de la misma, sigue habilitada para el ingreso de dinero. De hecho, para decir adiós definitivamente a una cuenta bancaria debes formalizarlo por escrito.

De no hacerlo de esta manera, dará igual que en la cuenta no haya ninguna transacción registrada desde hace tiempo, ya que la entidad tiene todo el derecho a cobrarte comisiones por mantenerla operativa. No obstante, algunas entidades sí clasifican las cuentas como 'inactivas' si no detectan movimientos en las mismas en un cierto periodo, pero de manera interna y sin que esto suponga su cancelación.

Eso sí, según detalla el Banco de España, los bancos tienen la «obligación» de advertir a los clientes sobre los gastos que puede implicar tener abierta una cuenta inactiva. Y no solo eso, la entidad también debe informar a los titulares de los datos de su cuenta, enviando reportes periódicos sobre liquidaciones, así como un resumen anual de comisiones e intereses para que el cliente conozca si su cuenta está a cero o en números rojos.

El Banco de España advierte ante este tipo de situaciones, ya que si la cuenta sale a deber y no han informado propiamente de ello al titular, se estaría realizando un «quebrantamiento de las buenas prácticas bancarias» al aprovecharse de dicha situación para cargar comisiones por descubierto, que «se generó exclusivamente en provecho de la entidad para poder cargar tales comisiones».

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De hecho, el Banco de España estima que las entidades «deben estar en condiciones de acreditar» que han enviado al domicilio del cliente los extractos e información necesaria para prevenir «que este se vea sorprendido, después de transcurrido un largo tiempo, con la exigencia de cantidades cuya existencia y reclamación desconocía».

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