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Esta es la información que el banco puede compartir a Hacienda sobre tus cuentas

Con el fin de bloquear el fraude y el blanqueo de capitales, están sometidas a estrictas regulaciones

Clara Alfonso

Valencia

Jueves, 14 de septiembre 2023, 00:40

Las entidades financieras desempeñan un papel fundamental en la lucha contra el blanqueo de capitales y el fraude financiero. Estas prácticas ilícitas representan una amenaza significativa tanto para la estabilidad del sistema financiero como para la integridad de las economías a nivel mundial. Con el fin de mitigar estos riesgos, están sometidas a estrictas regulaciones y normativas diseñadas para prevenir, detectar y reportar cualquier actividad sospechosa.

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Tal y como explica el Banco de España, «la Ley General Tributaria establece la obligación de estas entidades de proporcionar a la Administración todo tipo de información con trascendencia tributaria relativa a sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas». Es decir, que tienen la obligación de reportar la información financiera de sus clientes si Hacienda lo solicita.

En este contexto, «las entidades pueden establecer medidas de diligencia que vayan más allá de las que expresamente señalan las normas, y pedir la información que consideren adecuada a sus clientes», explica.

En lo que respecta al efectivo, las entidades financieras están obligadas a reportar a la Administración Tributaria determinados movimientos que los clientes pueden realizar en sus cuentas:

-Operaciones en efectivo, tanto ingresos como retiradas, que superen los 3.000 euros.

-Cobros de cualquier documento (cheques, letras, pagarés…) superiores a 3.000 euros.

-Préstamos y créditos que superen los 6.000 euros.

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-Cualquier transacción que se realice con billetes de 500 euros, independientemente de la cantidad.

No obstante, el hecho de que Hacienda cuente con información de todos estos movimientos, no significa que vaya a iniciar una investigación; lo que sí que ocurrirá si se tiene sospechas de alguna operación delictiva, poniéndose en contacto con la entidad para pedirle más información, y con el usuario si lo considera procedente. «Es conveniente que tengas justificación de estos movimientos», apunta.

El cruce de datos con la Seguridad Social

Las entidades bancarias no son las únicas que deben rendir cuentas a Hacienda si así lo solicita. La Seguridad Social también puede compartir tu información fiscal, que le puede ser exigida, por ejemplo, para comprobar que cumples los requisitos para recibir una subvención. En este sentido, existen varias maneras de saber si han consultado o no nuestros datos.

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La Carpeta Ciudadana es una de las herramientas que el Gobierno ofrece para mejorar la relación entre la Administración y los ciudadanos. Para hacer uso de ella, hay que descargarla y acceder con Cl@ve PIN. Después, se puede acceder a la sección 'Mis intercambios entre administraciones', donde aparecerán reflejados los datos personales que hayan sido compartidos, en los últimos 30 días, entre las diferentes entidades a través de la plataforma.

Otra forma de conocer si la Agencia Tributaria ha compartido tus datos es accediendo a la Sede Electrónica, y haciendo click en el apartado 'Suministro de información a Administraciones Públicas para finalidades no tributarias'. A continuación, hay que entrar en 'Consulta certificación telemática de un contribuyente expedidas a terceros', donde aparecerán todas las consultas que hayan realizado las administraciones, ordenadas por fecha.

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