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Una de las oficinas de Labora, en Burjassot. Irene Marsilla

Inspección de Trabajo investiga a Labora por defraudar 14.000 euros a la Seguridad Social

El demandante sostiene que las veintidós nóminas cobradas tras su despido improcedente se abonaron como indemnización y no como «salario de tramitación»

Martes, 14 de enero 2020, 20:29

Se abre otro frente más para Labora -antiguo Servef- relacionado con el profesorado de los cursos de formación. En este caso se trata de que Inspección de Trabajo investiga el supuesto fraude a la Seguridad Social que el organismo valenciano habría cometido al abonar a un docente un total de veintidós nóminas en concepto de indemnización en lugar de «salario de tramitación». De este modo, se habría ahorrado un total de 13.712 euros por las cotizaciones.

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El denominado salario de tramitación es el que la empresa debe pagar cuando una sentencia anula un despido al considerarlo improcedente. La cuantía del mismo equivale al periodo de tiempo que discurre entre dicho despido y la resolución judicial. Sin embargo, tal y como ha podido comprobar LAS PROVINCIAS, Labora abonó estos importes como «complementaria por sentencia», un concepto de indemnización exento de cotizaciones.

Tal y como indica la sentencia 84/2017, de 24 de febrero de 2017, que declara improcedente el despido del demandante, se ordena a Labora abonar 22.957 euros en concepto de indemnización y, además, los salarios de tramitación a razón de 96,56 euros diarios correspondientes al periodo que abarca desde el día siguiente al despido hasta la notificación de la sentencia, totalizando estos salarios la suma de 18.442 euros, cantidades que se hicieron efectivas en la nómina de mayo de 2017.

El organismo se enfrenta a otra investigación por la gestión laboral del profesorado

Según se indica en la propia denuncia a Trabajo, las veintidós nóminas se distribuyen de la siguiente forma por sentencia: once nóminas desde 2 de abril de 2016 al 28 de febrero de 2017 con un valor de 9.765 euros, por un lado, y un segundo lote de once nóminas desde 2 de abril de 2016 al 28 de febrero de 2017 con un valor de 3.946 euros. Tal y como ha podido comprobar este diario, el auto 390/2017 detalla que el primer lote debe abonarse en concepto de salarios de tramitación mientras que el auto 178/2018 sostiene lo mismo para el segundo lote.

«En las veintidós nóminas no se atienden a los autos que las implica en concepto de salarios de tramitación como manda el juez, sino que figura el concepto complementaria por sentencia», subraya el demandante, quien añade que dicha situación no puede ser consecuencia de un error. «La responsable del departamento de confección de nóminas, Carmen Romero Mena, tenía conocimiento de los hechos y a la vez lo refleja la resolución que recibí, firmado por la subdirectora general administrativa, Mari Carmen Vela», indica el profesor.

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Por otro lado, esta denuncia a Trabajo se ampara en el Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Según el artículo 56 del texto refundido, el empresario deberá instar el alta y la baja del trabajador y cotizar a la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a los salarios de tramitación que se considerará como de ocupación cotizada a todos los efectos.

Sólo una parte regularizada

Tras la denuncia en Inspección de Trabajo por parte del profesional afectado, Labora ha regularizado sólo una parte de la cantidad adeudada. Por ello, el docente ayer requirió de nuevo que el antiguo Servef abone todos los importes supuestamente defraudados a la Seguridad Social. En concreto, Labora ha regularizado un total de once nóminas, cuyas cotizaciones rondan los 5.000 euros, por lo que faltarían todavía 8.700 euros aproximadamente.

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Cabe recordar que Labora acumula varias sentencias por fraude de ley en las contrataciones y, además, Trabajo está investigando también la gestión del profesorado contratado. Una de las prácticas denunciadas es que desde los centros propios del Servicio Valenciano de Empleo y Formación «se obliga» a los profesores que están de baja «a recuperar las horas» no ejercidas por estar enfermos.

Sin embargo, desde Labora niegan que se traten de irregularidades. «Son contratos por obra y servicio. Se pagan las horas por las que se contrate. Con las nuevas bolsas se regulará de otra manera porque será personal funcionario», argumentan desde el organismo haciendo alusión al proceso de convocatoria pública que arrastra desde 2017.

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En concreto, los dictámenes argumentan que, aunque la actividad del organismo es cíclica, se realiza de manera periódica y permanente, por lo que la concatenación de contratos por obra y servicio no sería aplicable.

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