![La justicia confirma la anulación de la bajada de precios de la ITV que el Consell aprobó en mayo](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202003/12/media/cortadas/ITVVteMtnez-RTQhzYDKbkJ81wTogjZbAPM-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
![La justicia confirma la anulación de la bajada de precios de la ITV que el Consell aprobó en mayo](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202003/12/media/cortadas/ITVVteMtnez-RTQhzYDKbkJ81wTogjZbAPM-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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Nuevo revés judicial para la Generalitat por las tarifas de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) que aprobó en mayo, anuladas a los ocho meses por la justicia pero que seguirán en vigor hasta que la decisión sea firme y la Generalitat, en su caso, publique nuevos precios.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) ha desestimado el recurso de la Generalitat contra el auto que tumbó esa actualización de precios al entender que, como denunciaban las empresas que prestan el servicio, con ella pretendía incumplir la sentencia que anuló la anterior bajada de precios.
En el auto, con fecha del pasado martes y al que ha tenido acceso LAS PROVINCIAS, la Sala desmonta los argumentos esgrimidos por la Abogacía General de la Generalitat en su recurso de reposición y confirma la anulación del acuerdo del Consell para volver a bajar esas tarifas.
En concreto, los magistrados aseguran no compartir el criterio de que, al ser una sentencia meramente declarativa, su cumplimiento consiste en publicar el fallo en diario oficial. Al respecto, indican que la legislación "no establece ninguna limitación en cuanto a su aplicación" y que "serán nulos de pleno derecho los actos y disposiciones contrarios a los pronunciamientos de las sentencias, que se dicten con la finalidad de eludir su cumplimiento", como estiman que pretendía el Consell con esas tarifas.
Es más, agregan que "si la administración pudiese desconocer o neutralizar una sentencia declarativa no servirían de nada" y "lo mejor sería no hacer procesos que terminasen con sentencias declarativas".
La Sala también desestima el argumento de que, en la bajada de tarifas de mayo, se motivó un estudio económico-financiero en vista de que la anterior se anuló por falta de ese informe. Y otro tanto sucede con el hecho de que la Generalitat no considere acreditado que el acuerdo del Consell se dictó para eludir el cumplimiento de la sentencia de 2017, firme desde 2018, ni tampoco demostrado que esas tarifas no se justifiquen por los cambios habidos desde su implantación.
Por todo lo anterior, rechaza el recurso presentado por la administración autonómica, en un auto contra el que cabe presentar recurso de casación.
Desde la Conselleria de Economía aseguraron este jueves a este periódico que "se está estudiando recurrir" la anulación, que podría acabar en el Tribunal Supremo como sucedió con la bajada de precios de la ITV que entró en vigor en 2014, y que "se agotarán todas las vías judiciales posibles".
Por su parte, las empresas concesionarias celebran que la justicia "haya ratificado lo que dictaba el sentido común" y esperan que la anulación sea firme a lo largo de este año para así poder exigir el cumplimiento de la sentencia, que en la anterior ocasión tardó un año en aplicarse.
manuel trigo, presidente de aecova
Manuel Trigo, presidente de Aecova, recalca que fue la Generalitat quien "impuso las pruebas y diseñó las tarifas" que debían cobrar a los usuarios por realizarlas y reivindica que "la potestad de modificarlas no puede utilizarse como capricho, sino hacerlo en base al interés general y justificarse, con los límites de la arbitrariedad e irracionalidad", pero hasta la fecha "todas las razones esgrimidas están resultando inciertas".
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