Clara Alfonso
Valencia
Viernes, 24 de marzo 2023, 02:01
El Servicio Estatal de Empleo (SEPE) cuenta con diversas herramientas para beneficiar a los ciudadanos en situación de desempleo. Desde un portal en el que se pueden consultar ofertas de trabajo para múltiples sectores, hasta diferentes ayudas y subsidios para las personas con rentas más bajas. De hecho, ahora el SEPE se está planteando introducir una nueva ayuda en el sistema: una paga de 120 euros al mes.
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Con esta prestación, que se enmarca en el desarrollo normativo de la ley de Empleo, aprobada el pasado 16 de febrero en el Consejo de Ministros, se busca favorecer que los desempleados que estén en una situación de vulnerabilidad económica puedan encontrar un trabajo estable.
No obstante, tras la polémica protagonizada hace unos días por el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, con sus declaraciones a favor de que el rechazo de una oferta de empleo suponga la pérdida de determinadas ayudas públicas, conviene recordar que existen otros motivos para la extinción de estas ayudas, como viajar al extranjero en determinadas circunstancias.
Si está cobrando la prestación contributiva o el subsidio por desempleo y haces una salida al extranjero por motivos laborales, para realizar acciones de cooperación internacional o algún tipo de formación, debes comunicarlo con anterioridad para que el SEPE lo autorice a través de un impreso denominado 'Comunicación de salida al extranjero'.
En caso de que el traslado dure menos de doce meses seguidos, la prestación se suspende. Si dura más, la paga se extingue. Si lo que estás cobrando es la RAI, los plazos se reducirán en seis meses. No obstante, si al salir de el país se interrumpe la ayuda y al regresar sigues en situación de desempleo, puedes volver a solicitar la reanudación de los pagos.
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Si el traslado se debe a cualquier otro motivo pero no va a prolongarse más de 15 días, conviene notificarlo pero no de forma obligatoria. Durante ese periodo, tanto la prestación contributiva como el subsidio por desempleo y la RAI se mantienen «siempre que pueda cumplir con las obligaciones establecidas en la ley» (el compromiso de actividad). Esos quince días pueden ser continuados o repartidos a lo largo del año natural. En caso de notificar la salida, también deberás informar del regreso el primer día hábil.
Por otro lado, existe la posibilidad de que la salida del país no tenga nada que ver con la búsqueda de empleo o la realización de actividades de voluntariado por más de 15 días naturales pero menos de noventa, independientemente de que sean continuados o repartidos a lo largo del año natural. En ese contexto, la notificación es obligatoria y el SEPE procede a suspender la ayuda hasta que al volver solicites su reactivación.
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Por último, si permanecemos en el extranjero más de 90 días naturales (seguidos o repartidos durante el año) por cualquier otra causa, sí que perderás cualquier prestación que puedas estar recibiendo.
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