b. s.
Jueves, 1 de diciembre 2022, 00:52
Encontrarse dinero en la calle puede parecer todo un golpe de suerte o un regalo caído del cielo. No obstante, puede convertirse en lo contrario y acarrear una importante sanción e, incluso, ser motivo de ingreso en prisión.
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Seguro que, alguna vez, te has topado con monedas o billetes ya sea tirados en el suelo o dentro de una cartera. La actitud más correcta es tratar de localizar al propietario y devolverlo. Esto es a veces algo difícil y muchos prefieren apropiarse del botín encontrado.
Así lo especifica el Código Penal: «Serán castigados, los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido».
Además, la ley informa que si la cantidad excede un cierto valor, podría ser penado con la cárcel. «Si la cuantía de lo apropiado no excede de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses», detalla. Esa pena puede ascender hasta los 2 años de cárcel dependiendo del valor del objeto.
Según el artículo 615 del Código Civil establece, se debe devolver el dinero encontrado a su anterior poseedor. Si este no fuera conocido, se debe contactar con las autoridades del lugar del hallazgo o con los efectivos de la Policía Local para que se hagan cargo.
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.Una vez entregado el dinero encontrado, se abre un proceso. Pueden ocurrir dos cosas: que aparezca el legítimo propietario o que no. En el primer caso, nos corresponde una recompensa, que ronda la décima parte del valor del objeto o la vigésima si su valor supera los 12 euros. En cambio, si pasan dos años y el dueño no ha dado señales de vida, el artículo hallado pasa a ser del que lo encontró.
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