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Una oficina del SEPE en una imagen de archivo. Europa Press

La novedad que llega al subsidio para los mayores de 52 años

Estos cambios están programados tras la apobración del Real Decreto-Ley

A. Pedroche

Domingo, 24 de diciembre 2023

El pasado martes 19 de diciembre se puso fin a la batalla pública que las vicepresidentas del Gobierno, Yolanda Díaz y Nadia Calviño, han mantenido por la reforma del subsidio por desempleo. A priori, los grandes perdedores son los mayores de 52 años el colectivo más numeroso que cobra esta ayuda, que no obtienen ninguna mejora económica y, en cambio, sufren un recorte en su cotización.

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Esta ayuda pueden solicitarla los que pierden su empleo en el umbral de su retiro y cumplen con todos los requisitos para la jubilación menos el de la edad. Pues bien, además de ese recorte en la cotización de los beneficiarios, la prestación contará con una serie de peculiaridades muy importantes.

Hasta antes de la reforma, en el requisito de carencia de rentas sólo se tenían en cuenta los ingresos mensuales del solicitante, que no podían superar los 810 euros mensuales (es el 75% del Salario Mínimo Interprofesional) en este 2023. A partir de ahora, con los últimos cambios, ese requisito se mantiene y se mejora con otro con el objetivo de ampliar el número de beneficiarios.

De esta manera, el desempleado que sobrepase ese tope de rentas individuales al mes, pero tenga responsabilidades familiares, aún podría cobrarlo, siempre y cuando la suma de los ingresos de toda la familia, dividida por el número de miembros de esa unidad familiar (el solicitante, su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores incapacitados o menores acogidos) no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

Por otra lado, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) continuará pidiendo a las personas que soliciten este subsidio haber cotizado por desempleo, al menos, durante seis años y justificar que en el momento de la solicitud se reúnen todos los requisitos, excepto la edad, para acceder a la pensión contributiva de jubilación en la Seguridad Social. No es un requisito menor, ya que hay personas que han trabajado por cuenta propia (autónomos) o en el régimen especial de empleadas de hogar que se encuentran después de años al frente de un negocio propio con que no tienen derecho a este subsidio tras verse obligados a bajar definitivamente la persiana.

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Y es que para poder solicitar este subsidio es necesario tener cotizados a lo largo de la vida laboral al menos 15 años, dos de ellos deben estar dentro de los últimos 15, y por último, es necesario que como mínimo dentro de ese grupo de años cotizados para la jubilación, haya por lo menos seis con cotizaciones por desempleo en el régimen general.

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