![Pensionistas: Se puede cobrar dos pensiones a la vez | Cómo cobrar dos pensiones de jubilación a la vez](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202209/15/media/cortadas/pensiones-oscar-chamorro-kPPB-U18063359956rjH-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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Viernes, 16 de septiembre 2022, 01:20
La inmensa mayoría de personas necesita trabajar para poder vivir en el presente, pero también en el futuro ya que todos los años que se coticen se incluirán en la pensión de jubilación. Toda una vida de esfuerzo, dedicación y contribución obtendrá su recompensa, pero...¿Y si fuera posible cobrar dos pensiones de jubilación a la vez?
Esta es una pregunta que puede que muchos trabajadores no se hayan llegado ni a plantear aunque la posibilidad es real. Es cierto que el sistema de pensiones de la Seguridad Social no permite la existencia de dos pensiones contributivas, pero existen algunas excepciones. En el artículo 163 de la Ley General de la Seguridad Social se explica que todas las pensiones del Régimen General «serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario, a no ser que expresamente se disponga lo contrario, legal o reglamentariamente».
Así pues, se ha de generar el derecho de cobrar dos pensiones de jubilación a la vez. Para ello, lo más sencillo es generar una pensión en el Régimen General y otra en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por lo que hay que cumplir los requisitos para obtener la pensión en cada uno de ellos. Deberás presentar y acreditar un mínimo de 15 años cotizados, dos de ellos deben ser en los últimos 15 años previos a la jubilación. Además, hay que acceder a la pensión en una situación de alta o asimilada a la Seguridad Social.
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Esto debe suceder en los dos régimenes ya que para cobrar las dos pensiones hay que estar dado de alta en ambos. En el caso de que no se cumpliera algunas de las condiciones mencionadas anteriormente, para la Seguridad Social es necesario que las cotizaciones en los dos regímenes se superpongan al menos durante 15 años.
La cuantía depende de varios factores ya que depende de los años cotizados por cada persona y de su base reguladora. Deberás calcularlo según los parámetros de la Seguridad Social.
Lo que es seguro es que en ningún caso la suma de las dos pensiones superará la cuantía máxima, que este año se fijó en 2.819,18 euros mensuales y 39.468,52 euros anuales.
En el caso de que hayas trabajado en más de un régimen y sólo cobres una pensión debes atender a los años trabajados en otros regímenes, ya que le serán de ayuda en el cálculo de tu futura pensión. Debes saber desde que régimen accedes a la pensión ya que es con el que estás dado de alta. Si con este régimen no cumples los requisitos, estarás dado de alta con otro en el que sí los cumplas. Si no los cumples en ninguno de los dos, cobrarás desde el régimen que tengas más cotizaciones acumuladas.
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