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Pensionistas, jubilados y paro en febrero | ¿Cobro menos pensión y paro en febrero al tener 28 días?

¿Cobro menos pensión y paro en febrero al tener 28 días?

El SEPE aclara el procedimiento de los abonos de todas las prestaciones en su página web

DM

Jueves, 16 de febrero 2023, 01:25

Llega el final de febrero, ese momento en el que los pensionistas, jubilados o parados revisan su cuenta bancaria para comprobar si ya han recibido el ingreso correspondiente que les permita seguir haciendo vida. Un ingreso que con la subida del 8,5% aprobada por el Gobierno con la reforma de las pensiones supondrá casi 100 euros más al mes de media para los más de nueve millones de beneficiarios de una prestación de la Seguridad Social. Mientras que los parados también verán un alza en su prestación, concretamente una media de 100 euros más al mes por el alza al 60% de la base reguladora.

A esto hay que sumarle que por primera vez en años, los jubilados y pensionistas no han recibido la famosa 'paguilla', esa compensación económica que recibían a principios de año por el valor de la diferencia entre la subida de las pensiones y el IPC del mes de noviembre del año anterior. Por lo tanto, 2022 fue el ultimo año en el que hubo ese extra, como consecuencia de los cambios en las pensiones máximas y mínimas para este 2023.

Además, febrero tiene una característica especial, este segundo mes del año es el más corto de todos, puesto que consta de 28 días. Lo que provoca la duda de saber si afectará en la cantidad abonada por parte de la Seguridad Social o por el contrario se mantendrá en la misma cuantía de otros meses que tienen 30 o 31 días. Estas diferencias en el calendario podrían llevar a suponer que el subsidio público asignado puede pasar a ser del 93,33% proporcional, respecto al 100% indicado para cada mensualidad (30 días), al disminuir los días del período establecido por ley.

Según aclara el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), las prestaciones o subsidios se abonan por mensualidades de treinta días, tal y como establece la normativa vigente, por lo que ni en febrero se cobrará menos ni en otro mes que tenga 31 días se ingresará más. Además, el organismo matiza que el pago se efectuará «dentro del mes siguiente al que corresponda el devengo«, es decir con posterioridad.

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