Clara Alfonso
Valencia
Martes, 21 de marzo 2023, 19:59
Desde el año pasado, el complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género sustituye al de por maternidad por aportación demográfica. Concretamente, fue el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social por el Real Decreto 3/2021, de 2 de febrero, el que desencadeno un complemento con el que se pretende reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres, por asumir el papel principal de cuidado de los hijos que se proyecta en el ámbito de las pensiones.
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Al tratarse de un plus para pensiones contributivas, el complemento por paternidad se puede aplicar tanto en la jubilación como en otras pensiones, como la de viudedad o incapacidad permanente. Esta novedad, impulsada desde el Ministerio de Inclusión, implica que pueden solicitar la cuantía económica tanto los hombres como las mujeres que hayan visto perjudicada su carrera profesional com consecuencia del nacimiento de un hijo, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.
Cabe destacar que tan solo puede solicitar el complemento uno de los progenitores, con preferencia para quien acumule una pensión menor. En caso de que ninguno de los dos pueda acreditar un perjuicio en su vida laboral, se le reconocerá a la mujer o a quien tenga la pensión más baja.
Los pensionistas jubilados varones pueden solicitar el complemento para reducir la brecha de género, siempre y cuando se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
-Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, en caso de que alguno tenga derecho a percibir pensión de orfandad-
-Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber visto perjudicada su carrera de cotización a causa del nacimiento o adopción, con determinadas condiciones relacionadas con la cotización.
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Para este 2023, el complemento otorgará a uno de los progenitores 30,40 euros al mes por cada hijo, con un límite de cuatro veces ese importe. En este sentido, se abona en 14 pagas: una mensual y dos extras en junio y noviembre, igual que el resto de la pensión. Asimismo, se cobrará de forma indefinida mientras se siga percibiendo la pensión.
Además, este plus no se valora a la hora de aplicar y calcular el límite máximo de las pensiones ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la pensión mínima.
Los interesados en percibir el complemento para reducir la brecha de género pueden hacerlo junto al trámite de la pensión contributiva del INSS o en el Instituto Social de la Marina en el caso de trabajadores del mar.
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En caso de querer hacerlo de forma telemática, con cl@ve, DNI electrónico o certificado digital, podrá hacerlo desde el portal 'Tu Seguridad Social'. En la solicitud correspondiente se deberá deberá marcar la casilla específica para la solicitud de este plus y rellenar los datos que se soliciten relativos a su hijo o hijos.
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