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Varios pensionistas en un parque, imagen de archivo. Esther Vázquez/Colpisa

El documento que hay que presentar a la Seguridad Social antes del 31 de marzo para no perder la pensión

Es un documento vital que debe entregarse antes de que finalice el primer trimestre del año

Sábado, 18 de enero 2025, 01:04

En España el número de pensionistas asciende a 9,26 millones, según los últimos datos proporcionados por Moncloa. De ellos, 4,7 millones son hombres y 4,6 millones, mujeres. La proporción de pensiones por pensionista se mantiene en 1,1 prestaciones por persona. Ser beneficiario también conlleva una serie de responsabilidades. Aquellos pensionistas que sean beneficiarios de una pensión no contributiva de invalidez o de jubilación tienen hasta el próximo 31 de marzo para entregar un documento de suma importancia para continuar percibiéndola. Se trata de la declaración anual de ingresos. Los que no lo hagan se enfrentan a la suspensión de la prestación por parte de la Seguridad Social. No se trata de una retirada definitiva y podrá reactivarse. Sin embargo, si no se resuelve a tiempo el pensionista podría perder varios meses de prestación.

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Así lo indica el artículo 372 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de la Ley General de la Seguridad Social. Por otro lado, el artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo establece la obligación de presentar antes de finalizar el primer trimestre del año una declaración de los ingresos.

Esto se debe a que las prestaciones de carácter no contributivo son como «ayudas asistenciales», es decir, buscan garantizar un mínimo de ingresos a personas que o bien por jubilación o por invalidez no tienen derecho a una pensión contributiva, y se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.

Cómo presentar este documento

Este trámite se realiza a través de un formulario oficial remitido por el organismo gestor, que puede ser la Comunidad Autónoma o la Dirección Territorial del Imserso, en función del lugar de residencia. En caso de no recibir dicho formulario, resulta imprescindible solicitarlo directamente al ente correspondiente. También se ofrece la opción de cumplimentarlo de forma telemática a través de la sede electrónica.

Una vez en posesión del documento, conviene declarar los ingresos de la unidad económica de convivencia correspondientes al año anterior, así como reflejar cualquier modificación prevista para 2025, acompañando la documentación necesaria. Dicho formulario puede presentarse presencialmente, por correo postal o desde la sede electrónica del IMSERSO o el organismo competente. Tras completarlo, se aconseja conservar el justificante de entrega para posibles comprobaciones posteriores.

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¿Qué hacer para recuperar la prestación?

Si la ayuda fue suspendida, el pensionista podrá reactivarla. Hay que entregar la documentación pertinente y acreditar que continúan cumpliendo las condiciones necesarias para percibir una pensión no contributiva de jubilación o invalidez. La reactivación puede tener un efecto retroactivo de tres meses; computados desde la fecha en que se presente la declaración.

Es decir, si la pensión se suspendiera en marzo y el justificante de rentas se enviara en septiembre, únicamente se tendría derecho a percibir los últimos tres meses.

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