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Un trabajador veterano instruye a una joven en un taller. Fotolia

La edad de jubilación cambia otra vez en enero de 2023

Los trabajadores no podrán retirarse antes de los 66 años y 4 meses salvo en condiciones especiales como las largas carreras de cotización

at/l. p.

Sábado, 10 de diciembre 2022

Se acerca el fin de año en medio de una tormenta política y económica a cuenta de la reforma de las pensiones. La propuesta que el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, por fin presentó el pasado lunes a los sindicatos y patronal consiste en ampliar el periodo de tiempo para calcular la prestación a los últimos 30 años de vida laboral en 2038, pero con la salvedad de que se pueden elegir los 28 mejores, y subir las bases máximas de cotización un 30% adicional al incremento de la inflación durante el periodo 2025 a 2050. Estas son las dos medidas que faltan aún por cerrar de la reforma que deberán aprobarse antes de que termine el año para cumplir con Bruselas.

Los trabajadores en edad cercana al retiro laboral acogen con recelo la nueva reforma ante el temor de que sus ingresos se ven mermados con el nuevo cálculo. Además, la llegada del nuevo año trae otro cambio en la edad de acceso a la jubilación en virtud de la reforma que se plasmó en la Ley 27/2011, donde se decidió aumentar la edad de forma progresiva. El objetivo final de la reforma es que, llegado el 2027, la edad ordinaria de jubilación haya subido a los 67 años para los trabajadores con menos de 38 años y seis meses cotizados.

¿Cuánto sube cada pensión en enero de 2023?

En el año en curso -2022- la edad legal de jubilación ordinaria está establecida en 66 años y dos meses, siempre que el trabajador haya cotizado menos de 37 años y seis meses. Quienes hayan cotizado 37 años y seis meses o más pueden jubilarse aún con 65 años.

El próximo año 2023, la edad ordinaria de jubilación subirá hasta los 66 años y 4 meses (para quienes hayan cotizado menos de 37 años y 9 meses) y seguirán pudiendo jubilarse a los 65 años aquellos trabajadores que hayan cotizado 37 años y 9 meses o más.

Retraso de la edad de jubilación y aumento del periodo cotizado

Hay que recordar que es condición necesaria en todos los casos haber cotizado un mínimo de 15 años, y que dos de ellos se hayan producido en los últimos 15 antes del acceso a la jubilación.

De forma sorprendente, los cambios puestos en marcha por Escrivá tienen ya sus resultados. Los trabajadores que acceden a la jubilación están retrasando, aunque sea unos pocos meses, su retiro. Las jubilaciones anticipadas se han desplomado más de un 7% a lo largo de este año mientras que han aumentado un 5% aquellos ocupados que deciden libremente retrasar su edad de retiro, lo que ha permitido elevar la edad real de jubilación de los españoles a máximos históricos y roza ya los 65 años, un año más que una década atrás.

Esto se debe a dos razones principalmente. La primera es que la entrada en vigor este año de los nuevos coeficientes reductores de la pensión ha provocado que un 57,1% de las jubilaciones anticipadas voluntarias se hayan retrasado dentro del trimestre para así conseguir una mayor prestación. La segunda razón de este desplome se debe a que se ha registrado una reducción muy intensa, cercana al 18%, en la jubilación anticipada involuntaria, la procedente de despidos colectivos, debido a que es menos habitual este tipo de ajuste y la mayoría de los trabajadores que fueron expulsados en la crisis financiera de 2008 ya son pensionistas.

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