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Clara Alfonso
Valencia
Martes, 7 de mayo 2024, 00:39
En España, más de 4 millones y medio de mujeres trabajadoras son madres. Dentro de este grupo, más de un superan la barrera de los 50 años y están próximas a la edad de jubilación. Teniendo en cuenta que el hecho de ser madre implica, en muchas ocasiones, asumir una carga adicional de responsabilidades, es normal que muchas de estas mujeres consideren en algún momento la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada.
A lo largo de la historia, una de las áreas donde la desigualdad ha sido particularmente evidente es en el ámbito de las pensiones. Concretamente, las mujeres han enfrentado una desigualdad con lo que respecta a retribuciones económicas, reflejo de roles históricos y tradicionales que han influido en sus trayectorias profesionales y financieras. Es por ello por lo que el Gobierno implementó una Ley General de la Seguridad Social en la que se añadía un complemento a la pensión por jubilación de las mujeres con hijos.
En 2021, la legislación cambió y desencadenó un complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Al tratarse de un plus para pensiones contributivas, se puede aplicar tanto en la jubilación como en otras pensiones, como la de viudedad o incapacidad permanente. Esta novedad, impulsada desde el Ministerio de Inclusión, implica que pueden solicitar la cuantía económica tanto los hombres como las mujeres que hayan visto perjudicada su carrera profesional com consecuencia del nacimiento de un hijo, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.
Cabe destacar que tan solo puede solicitar el complemento uno de los progenitores, con preferencia para quien acumule una pensión menor. En caso de que ninguno de los dos pueda acreditar un perjuicio en su vida laboral, se le reconocerá a la mujer o a quien tenga la pensión más baja.
Para este 2024, el complemento otorgará a uno de los progenitores 30,40 euros al mes por cada hijo, es decir, 425,60 euros al año, con un límite de cuatro hijos como máximo. En este sentido, se abona en 14 pagas: una mensual y dos extras en junio y noviembre, igual que el resto de la pensión. Asimismo, se cobrará de forma indefinida mientras se siga percibiendo la pensión.
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Además, este plus no se valora a la hora de aplicar y calcular el límite máximo de las pensiones ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la pensión mínima.
Los requisitos que se requieren para poder acceder a la jubilación para las mujeres con hijos son:
- Estar adscrito a cualquier régimen de la Seguridad Social y pedir una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
- Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
- En el caso de los nacimientos anteriores a 1995, deben tener un mínimo de 120 días de ausencia de cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores.
- En los nacimientos a partir de 1995, la suma de las bases de cotización de los 24 meses posteriores al nacimiento del hijo debe ser, como mínimo, un 15% inferior a la suma de las bases de cotización de los 24 meses anteriores al nacimiento.
Los pensionistas jubilados varones pueden solicitar el complemento para reducir la brecha de género, siempre y cuando se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
- Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, en caso de que alguno tenga derecho a percibir pensión de orfandad.
- Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber visto perjudicada su carrera de cotización a causa del nacimiento o adopción, con determinadas condiciones relacionadas con la cotización.
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