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Viernes, 17 de diciembre 2021
El Pleno del Congreso ha puesto fin a la tramitación de la Ley por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital (IMV). El mayor cambio en el contenido de esta norma, con respecto al decreto del Gobierno aprobado en junio de 2020, es la inclusión de una ayuda por hijo a cargo de entre 50 y 100 euros mensuales para las familias que se beneficien de la prestación.
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Se trata de una cuantía que varía según las edades de los menores: 100 euros mensuales por cada niño menor de tres años, 70 euros por cada hijo entre tres y seis años y 50 euros al mes para aquellos que tengan entre los seis años hasta la mayoría de edad.
Además, esta prestación también llegará a familias en situación de pobreza que no cumplan con los requisitos para recibir el IMV. En concreto, se dará a los hijos de los hogares con hasta el triple de renta que marca el acceso al ingreso mínimo vital y con un «patrimonio neto sea inferior al 150% de los límites fijados».
Otras de las novedades incluidas en el texto durante la tramitación, con respecto al original del Gobierno, es una mejora de la cuantía, del 22%, del Ingreso Mínimo para aquellos hogares que cuenten entre sus miembros con una persona con una gran discapacidad, es decir, con una discapacidad reconocida «igual o superior al 65%».
Además, se excluye del cómputo de ingresos y patrimonio las rentas de prestaciones concedidas por motivo de discapacidad y, especialmente, de patrimonios protegidos.
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Del mismo modo, se reduce el periodo mínimo exigido en el Ingreso Mínimo a los jóvenes en relación a su independencia del hogar familiar, que pasa de tres a dos años y se tendrá en cuenta, para acceder a esta prestación la renta del año en curso y no la del anterior. También se cubrirá a aquellas personas que pierdan la protección del paro y se queden en una situación de necesidad, sin derecho a otras ayudas. En este caso, el IMV se solicitará a través del SEPE.
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