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Las pensiones de viudedad son una de las pagas y ayudas de la Seguridad Social. FOTOLIA

Pensión de viudedad de la Seguridad Social: cómo cobrarla tras una separación o divorcio

Es posible cobrar esta subvención siempre que se cumplan los requisitos del Ministerio

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Domingo, 29 de mayo 2022, 00:53

Las pensiones y pagas de la Seguridad Social tienen en cuenta multitud de supuestos para dar respuesta en una amplia variedad de situaciones económicas y familiares por las que puedan estar pasando los ciudadanos españoles. Hay subsidios para desempleados o paro, IMV, bajas laborales, pensiones de jubilacion... y también hay prestaciones de viudedad.

Una de la grandes dudas sobre la pensión de viudedad es si puede cobrarse o no después de un divorcio o una separación. La respuesta es que sí, los separados y divorciados pueden pedir una paga a la Seguridad Social tras el fallecimiento de su ex pareja, atendiendo a una serie de condiciones establecidas por el Ministerio.

«Siempre que no hubieran contraído nuevo matrimonio o constituido una pareja de hecho, cuando sean acreedores de la pensión compensatoria a la que se refiere el art. 97 del Código Civil y ésta quedara extinguida por el fallecimiento del causante. A partir de 01-01-2010, en el supuesto de que la cuantía de la pensión de viudedad fuera superior a la pensión compensatoria, aquélla se disminuirá hasta alcanzar la cuantía de esta última», detalla la Seguridad Social al respecto.

Esto quiere decir que es un requisito imprescindible que mientras el fallecido estuviese vivo le abonase una pensión compensatoria, que fue interrumpida por su muerte. Esta condición no será necesaria para las mujeres con condición de víctimas de violencia de género en el momento de la separación o del divorcio de la persona fallecida.

En otros casos tampoco es necesario el requisito de una previa pensión compensatoria:

- En separaciones o divorcios anteriores a 2008 siempre que el vínculo matrimonial previo fuese de al menos 10 años

- Si la separación o divorcio tuvo lugar menos de 10 años antes del fallecimiento

- Que hayan hijos en común o el solicitante sea mayor de 50 años en el momento de la muerte de su ex pareja.

- Cuando el superviviente tenga 65 años o más y mantuviese un matrimonio durante al menos 15 años, y no tenga derecho a otra pensión.

La persona divorciada o separada judicialmente que hubiera sido deudora de la pensión compensatoria no tendrá derecho a pensión de viudedad.

¿Cuánto se cobra con la pensión de viudedad este 2022?

De forma general, la pensión de viudedad suele ser el 52% de la base reguladora del fallecido. esta cuantía aumenta hasta el 60% si el solicitante cumple con lo siguiente:

- Tener una edad igual o superior a 65 años.

- No tener derecho a otra pensión pública española o extranjera.

- No percibir ingresos por la realización de trabajos por cuenta ajena o por cuenta propia.

- No disponer de rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o rentas de actividades económicas, superiores a 7.707,00 euros/año.

El importe de la pensión de viudedad puede alcanzar hasta el 70% de la base reguladora del fallecido, siempre que se cumplan ciertos requisitos que la Seguridad Social establece, como tener cargas familiares, no tener otra fuente de ingresos o que su límite de ingresos anuales no superen cierta cantidad. Todos los detalles se pueden consultar en la sede electrónica del departamento.

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