![Pensionistas: si tienes una pensión de este tipo no debes pagar IRPF | Estas son las pensiones exentas de pagar el IRPF](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202209/05/media/cortadas/pensiones-oscar-chamorro-kIqG-U1701160748747pyH-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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Martes, 6 de septiembre 2022, 01:06
Aunque la jubilación llegue tras varias décadas de trabajo y esfuerzo y suponga un retiro profesional definitvo, no significa que haya un retiro fiscal implícito. Los jubilados, al igual que el resto de trabajadores que perciben un salario, están obligados a pagar impuestos a la Agencia Tributaria.
El organismo considera que las pensiones son un rendimiento de trabajo, por lo que hay que tributar por el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, el IRPF. Aunque existen algunas excepciones muy concretas.
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La Ley del IRPF plantea situaciones muy concretas en las que los pensionistas no están obligados a tributar por el IRPF. Las condiciones no están relaciondas con el pensionista, si no con el tipo de pensión que cobra. Por lo que si alguna persona percibe alguna de las pensiones contempladas en el artículo 7 de la Ley, está exenta de IRPF al menos en esas cantidades:
-Pensiones derivadas de medallas o condecoraciones por actos de terrorismo.
-Pensiones de las personas mutiladas o lesionadas «con ocasión o como consecuencia de la Guerra Civil ya sea por el Régimen de Clases Pasivas del Estado o al amparo de la legislación especial dictada al efecto».
-Pensiones de incapacidad permanente concedidas por la Seguridad Social (u organismos que la sustituyan) en los casos de absoluta o de gran invalidez.
-Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del Régimen de Clases Pasivas en los casos en los que la enfermedad o lesión inhabilite «por completo al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio».
-Otras prestaciones como por nacimiento, cuidado de menor, cuidado de lactante, las prestacoines familiares no contributivas, haberes y pensiones pasivos de orfandad y a favor de nietos y hermanos, menores de 22 años y personas incapacitadas para todo trabajo.
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