Jubilados. LP

Las personas que pueden cobrar dos pensiones de jubilación a la vez

Esta combinación está prevista en la ley

j. lita

Sábado, 11 de septiembre 2021, 20:15

Hay casos en los que es difícil que una persona pueda aspirar a cobrar una pensión digna de jubilación, pero otras situaciones permiten que un trabajador aspire a cobrar dos pensiones de jubilación a la vez. El supuesto está contemplado en la ley y únicamente hay que cumplir ciertos requisitos para que la administración valide la combinación de ingresos mensuales. Todo depende de dónde se ha cotizado durante toda la vida laboral.

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El empleo actual no asegura acabar y empezar la carrera en la misma empresa, tampoco en el mismo sector, incluso se podría entender que en régimen diferente a la hora de cotizar. Estos cambios actuales, y otros personales, pueden dar pie a que una persona cuando quiera jubilarse pueda cobrar dos pensiones de jubilación a la vez. En ningún caso se trata de una situación de ventaja o premio, simplemente se atiende a los requisitos que debe cumplir una persona para poder ingresar mensualmente la cuantía pública, por lo que si se ha cotizado de forma correcta, y se puede demostrar, en dos regímenes distintos.

La clave está en haber cotizado de tal forma en cada régimen como para que se haya generado, de forma completa y por separado, los derechos indicados para que en cada situación se aspire a cobrar una pensión. Es decir, que si se concede no es por combinar cotizaciones, sino por haber generado dichos derechos de forma independiente.

Como en cualquier solicitud de pensión de jubilación, el trabajador debe haber cotizado determinados años en cada uno de los regímenes. Esta fórmula de cobrar dos pensiones de jubilación a la vez se puede aplicar con la combinación de todos los regímenes existentes de empleo. Así, por ejemplo, un trabajador que ha cotizado en Régimen General y también en Régimen Especial de Trabajador Autónomos podrá aspirar a cobrar dos pensiones de jubilación a la vez.

Requisitos para cobrar dos pensiones de jubilación a la vez

Obviamente el trabajador debe haber cotizado de forma correcta y completa en dos regímenes, al menos 15 años en cada uno y encontrándose dos de ellos en los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud de la jubilación. El trabajador, en el momento de la reclamación, debe estar dado de alta en ambos regímenes, o bien, si en ese momento sólo está en uno, poder demostrar su cotización completa en ambas situaciones laboral.

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El solicitante que aspire a cobrar dos pensiones de jubilación a la vez debe haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación (65 años para los que han cotizado 37 años y 3 meses o 66 años para el resto).

Cada pensión de jubilación se calcula de forma personal, por lo que en este caso tan especial será la administración la que valore e indique la cuantía exacta de ambos ingresos. Como mínimo el nuevo jubilado cobrará la cuantía mínima de cada una o el 50 % de la base reguladora.

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