El sistema de pensiones español está en constante evolución para responder a los retos de una población cada vez más longeva y un mercado laboral cambiante. Entre los aspectos que más preocupan a quienes se aproximan a la jubilación se encuentran los factores que determinan el importe de la pensión, como los años cotizados, el cálculo de la base reguladora y las modificaciones normativas previstas para los próximos años. En este contexto, los cambios progresivos en la edad de jubilación y en el número de años necesarios para alcanzar el 100% de la base reguladora se perfilan como elementos clave para planificar la transición a la jubilación ordinaria en 2025, 2026 y 2027.
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Este próximo año, la edad ordinaria de jubilación se incrementará en dos meses respecto a 2024. Así, quienes tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados deberán esperar hasta los 66 años y 8 meses para acceder a la pensión completa. Sin embargo, aquellos con 38 años y 3 meses o más cotizados podrán jubilarse a los 65 años.
En este contexto, el periodo mínimo de cotización necesario para acceder a ella se mantiene en 15 años, de los cuales al menos dos deben haberse cotizado en los últimos 15 años antes del hecho causante. Este umbral otorga derecho a una pensión equivalente al 50% de la base reguladora, que aumenta progresivamente con más años cotizados, alcanzando el 100% tras 36 años y 6 meses de cotización.
La base reguladora es la herramienta clave para determinar la cuantía de la pensión de jubilación. En 2025, esta se calcula tomando como referencia los últimos 25 años de cotización. La suma de las bases de cotización de esos 300 meses se divide entre 350. Además:
- Las bases correspondientes a los dos últimos años se computan a valor nominal.
- Las bases anteriores a esos dos años se actualizan según el IPC acumulado.
Una vez calculada la base reguladora, que representa el 100% de la pensión potencial, se aplican porcentajes en función de los años cotizados, respetando siempre los límites fijados por la legislación vigente.
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Para quienes han cotizado el periodo mínimo de 15 años, la pensión será equivalente al 50% de la base reguladora. A partir de este umbral, el porcentaje aumenta de forma gradual. Durante los primeros 49 meses adicionales, se suma un 0,21% mensual. Posteriormente, a partir del mes 50, el incremento se reduce al 0,19% mensual. De este modo, para alcanzar el 100% de la base reguladora será necesario haber cotizado al menos 36 años y 6 meses.
Años cotizados | Porcentaje de la base reguladora |
---|---|
15 | 50% |
16 | 52,52% |
17 | 55,04% |
18 | 57,56% |
19 | 60,08% |
20 | 62,38% |
21 | 64,66% |
22 | 66,94% |
23 | 69,22% |
24 | 71,50% |
25 | 73,78% |
26 | 76,06% |
27 | 78,34% |
28 | 70,62% |
29 | 82,90% |
30 | 85,18% |
31 | 87,46% |
32 | 89,47% |
33 | 92,02% |
34 | 94,30% |
35 | 96,58% |
36,5 | 100% |
Este esquema continuará vigente hasta 2026. Sin embargo, en 2027, con la entrada en vigor de los ajustes previstos en la Ley 207/2011, se modificarán tanto los porcentajes aplicables como el número de años necesarios para obtener el máximo de la pensión. Se mantendrá la posibilidad de acceder a la pensión con 15 años de cotización, lo que otorgará el 50% de la base reguladora.
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A partir de ese momento, por cada mes adicional de cotización, se sumará un 0,19% hasta el mes 248, y del mes 249 al 264 se incrementará un 0,18%, alcanzando el 100%. De este modo, serán necesarios 37 años de cotización para llegar al 100% de la pensión.
Años cotizados | Porcentaje de la base reguladora |
---|---|
15 | 50% |
16 | 52,28% |
17 | 54,56% |
18 | 56,84% |
19 | 59,12% |
20 | 61,40% |
21 | 63,68% |
22 | 65,96% |
23 | 68,24% |
24 | 70,52% |
25 | 72,80% |
26 | 75,08% |
27 | 77,36% |
28 | 79,64% |
29 | 81,92% |
30 | 84,20% |
31 | 86,48% |
32 | 88,76% |
33 | 91,04% |
34 | 93,02% |
35 | 95,60% |
36 | 97,84% |
37 | 100% |
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