Borrar
Urgente Óscar Puente anuncia un AVE regional que unirá toda la Comunitat en 2027
Mensaje de la Seguridad Social. SEGURIDAD SOCIAL
Pensiones y Caixabank | La Seguridad Social avisa de una novedad para seguir cobrando la pensión o el IMV si ha cambiado el número de cuenta del banco

La Seguridad Social avisa de una novedad para seguir cobrando la pensión o el IMV si ha cambiado el número de cuenta del banco

Hace unos meses entró en vigor el Protocolo de Variación de Cuentas Bancarias

REDACCIÓN

VALENCIA

Domingo, 10 de abril 2022, 14:09

El pasado 1 de octubre entró en vigor el Protocolo de Variación de Cuentas Bancarias, en el que ya participa la gran mayoría de las entidades bancarias. Este nuevo protocolo permite que, cuando un ciudadano modifique su cuenta bancaria, su nueva entidad financiera prestará el servicio de comunicación de cambio de la cuenta en su nombre ante la Seguridad Social. Este es el caso que puede haber sucedido en clientes de Bankia tras la fusión con Caixabank.

Con la entrada en vigor de este nuevo servicio, puedes autorizar a la entidad bancaria a que comunique tu nueva cuenta a la Seguridad Social para seguir percibiendo puntualmente tu prestación, sin necesidad de realizar nuevas gestiones o comunicaciones. Para tu tranquilidad, recibirás una confirmación de dicho cambio tanto por correo electrónico como por sms a tu teléfono móvil.

Este servicio es aplicable únicamente a pensiones, prestaciones familiares y el Ingreso Mínimo Vital.

Qué implica este cambio

Antes de la entrada en vigor de este nuevo servicio, si cambiabas de cuenta bancaria, tu nueva entidad comunicaba esta modificación a empresas y proveedores de servicios cuyos pagos tuvieras domiciliados pero no al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o al Instituto Social de la Marina (ISM), encargados del abono de tu prestación de la Seguridad Social, por lo que debías comunicar a estas entidades los nuevos datos para seguir percibiendo dicha prestación.

Ahora la Seguridad Social informa de que «la comunicación de cambio de cuenta bancaria para el abono de la prestación de la Seguridad Social se realiza, en su nombre, por su entidad financiera colaboradora en la gestión de la Seguridad Social». Por lo tanto, el organismo aconseja consultar si nuestra entidad financiera ya dispone de este servicio que nos evite el desplazamiento a la Seguridad Social.

No obstante, si queremos realizar este cambio nosotros mismos, podemos hacerlo por Registro Electrónico, realizando los siguientes pasos:

- Identificarse en Tu Seguridad Social

- Pinchar sobre el enlace «Gestiona tu prestación».

- Seleccionar la prestación en la que queremos modificar la cuenta bancaria

- Pinchar en «Gestionar».

- Una vez realizado el trámite se recibe un «acuse de recibo» en formato PDF.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

lasprovincias La Seguridad Social avisa de una novedad para seguir cobrando la pensión o el IMV si ha cambiado el número de cuenta del banco