![JUBILACIÓN ANTICIPADA | Trabajos en los que peligra la jubilación anticipada](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202008/20/media/cortadas/GC-kaSF-U11011106203607fC-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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Viernes, 21 de agosto 2020, 00:40
El traspaso que se producirá el próximo 6 de octubre de la gestión de las prestaciones pasivas del Ministerio de Hacienda al de Seguridad Social ha puesto al sector público en alerta. En concreto, todos los funcionarios que ingresaron en la Administración antes de 2011 podrían verse afectados por cambios en la jubilación anticipada, según indican desde el CSIF.
Hasta ahora, los funcionarios que gozan de jubilación anticipada, debido a que pertenecen al régimen de clases pasivas, alcanzan las 650.000 personas y comprenden un amplio abanico de empleos: funcionarios de carrera de la Administración del Estado o de la Administración de Justicia, así como de las Cortes y otros órganos constitucionales. También pueden inscribirse en este régimen los funcionarios transferidos a las autonomías. También pueden acogerse a él los militares de carrera y otros miembros del Ejército, así como los expresidentes, exvicepresidentes, exministros y otros ex altos cargos del Gobierno.
Para todos ellos, la edad ordinaria y obligatoria de jubilación es de 65 años. La ley les permite acogerse a la jubilación anticipada a partir de los 60 años, siempre y cuando hayan trabajado para el Estado un mínimo de 30 años. No obstante, dentro de este colectivo hay algunos funcionarios cuya jubilación forzosa es a los 70 años, como los magistrados, fiscales y otro personal judicial, así como los profesores universitarios.
La pensión de estos profesionales la gestiona el Ministerio de Hacienda, a diferencia del resto de trabajadores (asalariados y autñonomos), a quienes se lo gestiona la Seguridad Social. Por ello, el traspaso de competencias a la Segurida Social ha encendido el farolillo rojo y ha levantado las suspicacias del sindicato, tal y como ha explicado a Confilegal.
Según delcara el sindicato a este medio, este traspaso de las competencias se aprobó en pleno estado de alarma, a través del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. Esto llamó especialmente la atención de la organización sindical, por lo que preguntó al ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, si el Real Decreto obedecía a una futura modificación del régimen de clases pasivas y si también tenían pensado modificar o eliminar a corto o medio plazo el mutualismo administrativo.
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Según el sindicato, el ministro respondió que el Real Decreto-ley obedecía a un cambio normativo en cuanto a la competencia sobre la concesión de las pensiones y sobre el resto de cuestiones «ya se verían cuando asumiera sus competencias el Instituto Nacional de Seguridad Social». Por ello mismo, desde el Csif señalan que temen «que haya una voluntad encubierta, con esta reforma, de modificar el acceso a la jubilación voluntaria».
Sin embargo, Escrivá salió al paso de estas informaciones en Twitter y las tachó de «bulo», además de responder en comentarios que no tocará la jubilación anticipada de este sector.
El bulo sobre las pensiones de las clases pasivas vuelve: https://t.co/2PSVBgfJQR…. Es un intento irresponsable de generar incertidumbre a sus pensionistas. Da igual la denuncia del @CSIFnacional 👇 y las claras explicaciones sobre la gestión de estas pensiones por @inclusiongob pic.twitter.com/11ZmXvTwlJ
José Luis Escrivá (@joseluisescriva) August 17, 2020
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