N. Ortega
Valencia
Lunes, 3 de julio 2023
Las familias pueden acogerse desde el 30 de junio de 2023 a un nuevo permiso creado por el Gobierno que tiene como principal finalidad suavizar los «duros procesos de adaptación» de los hijos más pequeños en septiembre en la vuelta al colegio, o en los meses de verano en el caso de padres que «no tengan donde dejar a sus hijos», según apuntó Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales. Sun embargo, lo que el Gobierno no ha aprobado en verano de 2024 es su retribución, algo a lo que obligaba la trasposición de la directiva europea.
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Este permiso, incluido en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, ha sido introducido en el Estatuto de los Trabajadores en el nuevo artículo 48 bis, y permite a los padres y madres trabajadoras cogerse 8 semanas, seguidas o no, a tiempo completo o parcial, para poder hacerse cargo de los hijos menores de 8 años. En el artículo, sin embargo, no especifica que el permiso sea retribuido y, en todo caso, se debe comunicar con antelación a la empresa, que podría aplazarlo y proponer otras fechas u horas para aprovecharlo.
Esta es la redacción completa y literal del artículo que incluye el nuevo permiso:
«1. Las personas trabajadoras tendrán derecho a un permiso parental, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años.
Este permiso, que tendrá una duración no superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial conforme a lo establecido reglamentariamente.
2. Este permiso constituye un derecho individual de las personas trabajadoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio.
Corresponderá a la persona trabajadora especificar la fecha de inicio y fin del disfrute o, en su caso, de los períodos de disfrute, debiendo comunicarlo a la empresa con una antelación de diez días o la concretada por los convenios colectivos, salvo fuerza mayor, teniendo en cuenta la situación de aquella y las necesidades organizativas de la empresa.
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En caso de que dos o más personas trabajadoras generasen este derecho por el mismo sujeto causante o en otros supuestos definidos por los convenios colectivos en los que el disfrute del permiso parental en el período solicitado altere seriamente el correcto funcionamiento de la empresa, ésta podrá aplazar la concesión del permiso por un período razonable, justificándolo por escrito y después de haber ofrecido una alternativa de disfrute igual de flexible.»
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Los nuevos permisos creados por el Gobierno para el cuidado de familiares e hijos se incluían inicialmente en la Ley de Familias impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, pero su tramitación en el Congreso decayó con la convocatoria de elecciones.
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Estas medidas se han aprobado a través de un decreto, a petición del Ministerio, ya que forman parte de la trasposición de una directiva europea sobre este tema que tiene un plazo para ser aprobada.
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