El Consejo de Ministros ha aprobado este martes 21 de mayo la reforma del subsidio del paro firmada entre el Ministerio de Trabajo y CCOO y UGT el pasado 8 de mayo. La reforma del subsidio por desempleo contempla un aumento por tramos de la cuantía de esta ayuda, actualmente de 480 euros al mes (80% del Iprem) y que llegará a los 570 euros mensuales; amplía el colectivo de beneficiarios, y permitirá compatibilizar con un salario tanto el subsidio como la prestación contributiva de desempleo, entre otras medidas.
Publicidad
La reforma entrará en vigor con carácter general a partir del próximo 1 de noviembre de 2024, pero algunos apartados de la reforma se aplicarán en fecha distinta. Así, la norma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (se ha publicado el 22 de mayo, por lo que entra en vigor el 23 de mayo en algunos apartados).
Sin embargo entrarán en vigor el 1 de noviembre de 2024: los apartados dieciocho a veintitrés, ambos incluidos, del artículo segundo, relativos a las nuevas disposiciones adicionales quincuagésima cuarta a quincuagésima novena, así como el apartado veinticuatro del artículo segundo, relativo a la nueva disposición transitoria cuadragésima cuarta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; los apartados dos y cuatro de la disposición derogatoria; la disposición final segunda, salvo su apartado cuatro, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»; la disposición final tercera; y el apartado uno de la disposición final sexta.
Entrará en vigor el día primero del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» la disposición final cuarta (22 de abril), excepto sus apartados cinco y ocho, que entrarán en vigor a los seis meses de dicha publicación (22 de noviembre).
Puede leer el Real Decreto-Ley completo publicado en el BOE, con todos los detalles y la letra pequeña del acuerdo.
Su navegador no admite iframes
Noticia relacionada
La reforma recoge dos grandes novedades. Por un lado elimina el recorte en la cotización para la jubilación de los mayores de 52 años, lo que permitirá seguir cobrando la prestación contributiva por desempleo, no solo la asistencial, cuando se accede a un trabajo a tiempo completo por un periodo máximo de 180 días.
Publicidad
Para ello el beneficiario deberá cumplir dos condiciones mínimas:
- llevar al menos doce meses en situación de desempleo
- cobrar un salario que no supere los 1.350 euros al mes, el equivalente al 225% del Iprem (indicador que se utiliza como referencia para ciertas becas y ayudas públicas), según consta en el último borrador de texto.
El hecho de poder compatibilizar el paro con un trabajo conlleva una contrapartida: consumirá tiempo de prestación, de manera que si el desempleado decide mantener esta ayuda económica durante seis meses al tiempo que comienza un trabajo, esos seis meses se le restarán para futuras prestaciones. La cuantía que cobrará oscilará entre el equivalente al 80% del Iprem (480 euros al mes) y el 15% (150 euros), dependiendo del tiempo que lleve como parado y de la jornada que tenga.
Publicidad
Las nuevas cuantías por desempleo se elevarán 90 euros al mes los primeros seis meses, cuando se cobrará el 95% del Iprem en lugar del 80%. La reforma, que no ha sido firmada por CEOE y Cepyme, mejora las cuantías de los subsidios durante los 12 primeros meses de percepción, estableciendo tres tramos. Así, los beneficiarios y beneficiarias del nivel asistencial del desempleo podrán percibir las siguientes cuantías:
• 6 primeros meses: 95% IPREM 6 meses (570 € según la referencia actual)
• 6 meses siguientes: 90% IPREM: (540 €)
• Resto del periodo: 80% IPREM: (480 €)
Los nuevos colectivos que podrán acceder ahora al subsidio son las mujeres víctimas de violencia de género o sexual a partir de los 16 años, los emigrantes que vuelven a casa tras una experiencia en el extranjero, los menores de 45 años sin cargas familiares, los eventuales agrarios de toda España y los marroquíes que se desplazan a diario a trabajar a Ceuta y Melilla, lo que elevará su número en cientos de miles, según CC OO.
Publicidad
De este incremento de la cuantía, sin embargo, no se beneficiarán los mayores de 52 años, casi la mitad del colectivo, que tendrán que conformarse con los 480 euros actuales, aunque ellos pueden mantener esta ayuda de forma ilimitada hasta su jubilación y el sistema seguirá cotizando por ellos el 125% de la base mínima.
Otra importante mejora es que se eliminan los recortes para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, de forma que cobrarán la cuantía íntegra. Además, se permite que las personas con menos de 12 meses cotizados puedan recibir al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes; se elimina el mes de espera para poder cobrarlo y se simplifican y agilizan los trámites administrativos para acceder.
Publicidad
En el caso del subsidio, cuya duración máxima seguirá siendo de 30 meses, la compatibilidad será por un periodo tope de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial, sin reducción de la cuantía.
En el caso de la prestación contributiva, si no hay cambios de última hora en el texto de la norma, se podrá compatibilizar con un empleo tras un año cobrando prestación siempre que el salario no supere el 225% del Iprem (1.350 euros al mes con el Iprem actual).
Noticia Patrocinada
Esta medida, que no estaba recogida en la anterior reforma y que en principio operaría a partir de 2025, persigue evitar que el paro «se enquiste», pues a partir del año es cuando empiezan a existir «grandes problemas de inserción». De este modo, la compatibilidad de la prestación contributiva con un empleo se configura como «una fórmula especial de protección a los parados de larga duración», en palabras del secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey.
La nueva reforma, que se aprobará en forma de Real Decreto-ley, mantiene la simplificación de los trámites administrativos para acceder al subsidio, con la eliminación del mes de espera para las personas que hayan agotado su prestación contributiva y quieran solicitar el subsidio. Así, la ayuda se podrá cobrar desde el primer día.
Publicidad
Se mantiene además en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) la base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años, frente a la rebaja que introducía la primera reforma y que motivó el rechazo de Podemos a la misma al considerar que se recortaban los importes de la pensión futura. Con esta decisión, se allana el camino para que la reforma reciba el visto bueno en el Parlamento.
Se facilita además el cumplimiento del requisito de insuficiencia de rentas para las personas que acceden al subsidio, al permitir el acceso tanto por insuficiencia de rentas personales como de la unidad familiar, alternativamente, y se ampliará la cobertura al permitir el acceso de las parejas de hecho a la unidad familiar.
Publicidad
Al mismo tiempo, se establece un régimen de compatibilidad entre los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del Régimen General y, adicionalmente, se compromete una reducción de las jornadas reales requeridas para acceder a los primeros como consecuencia de la sequía.
La reforma permitirá también que aquellos que están cobrando subsidios puedan agotar sus prestaciones actuales y, posteriormente, pasar a incorporarse en el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una pasarela de la que quedarán excluidas las víctimas de violencia de género y los emigrantes retornados, que se mantendrán en el subsidio.
Publicidad
Asimismo, se introduce como causa de suspensión del subsidio que los trabajadores fijos-discontinuos sean llamados a reiniciar su actividad y no se reincorporen a su puesto de trabajo, salvo causa justificada.
La reforma establece también un mecanismo de reserva de políticas activas de empleo para mayores de 52 años para destinar una parte de los fondos de empleo a este colectivo, del orden de unos 600 millones de euros.
Asimismo, la prestación se coordinará con un itinerario personalizado de activación para el empleo con la suscripción de un acuerdo de actividad (conocido anteriormente como compromiso de actividad) con los Servicios Públicos de Empleo, estableciéndose como prioritario el colectivo de parados de larga duración para los programas y acciones de inserción laboral.
Suscríbete a Las Provincias: 3 meses por 1€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Los ríos Adaja y Cega, en nivel rojo a su paso por Valladolid
El Norte de Castilla
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.