Las lluvias torrenciales del 20 de octubre causaron graves daños en dos infraestructuras hidráulicas vitales para abastecer de agua a dos grandes áreas de regadío en la provincia de Valencia: el canal de Benagéber (riegos del Camp de Turia) y el Júcar-Turia (Ribera Alta y l'Horta). Ahora, los regantes afectados temen que las autoridades competentes (en última instancia el Ministerio para la Transición Ecológica, MITECO), les repercuta los costes de las reparaciones realizadas o pendientes, tal como está estipulado en la Ley de Aguas, salvo que el ministerio decida asumir dichas cuantías, cosa que hasta el momento no ha sucedido, al contrario de lo que sí han hecho los demás departamentos de la Administración central y autonómica implicados en la reconstrucción.
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Parte del canal de Benagéber quedó aterrado, en su tramo inicial, a la salida del embalse, por grandes desprendimientos de tierras y piedras a causa de las fuertes lluvias y en este momento ya está en servicio.
En el canal Júcar-Turia quedaron destruidos por las riadas tres grandes pasos elevados sobre los barrancos de l'Horteta, Gallego y Poyo. En estos momentos se ha repuesto parte del servicio, sólo para la planta potabilizadora de Manises mediante puentes y tuberías provisionales, quedando pendientes las obras definitivas. También está previsto aumentar el caudal para cuando haya necesidad de riego con bombeos adicionales.
Según ha informado José Alfonso Soria, presidente del Sindicato de Regulación de las Aguas del Turia, cuando los afectados se han interesado por la marcha de todo ello han podido conocer que, según la normativa vigente, la Administración les puede repercutir los costes de reparación durante plazos de 25 años, salvo que se decida lo contrario.
El artículo 114 del TRLA (Texto Refundido de la Ley de Aguas) dice en su apartado 1: «Los beneficiados por las obras de regulación de las aguas superficiales o subterráneas, financiadas total o parcialmente con cargo al Estado, satisfarán un canon de regulación destinado a compensar los costes de la inversión que soporte la Administración estatal y atender los gastos de explotación y conservación de tales obras». Y el apartado 2: «Los beneficiados por otras obras hidráulicas específicas financiadas total o parcialmente a cargo del Estado, incluidas las de corrección del deterioro del dominio público hidráulico, derivado de su utilización, satisfarán por la disponibilidad o uso del agua, así como por el deterioro de su calidad, una exacción denominada 'tarifa de utilización del agua', destinada a compensar los costes de inversión que soporte la Administración estatal y a atender a los gastos de explotación y conservación de tales obras».
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Soria ha indicado que, ante ello, las comunidades de regantes implicadas se aprestan a solicitar al MITECO que les exima de pagar dichos cánones y tarifas y se haga cargo por entero de las obras necesarias, al igual que están haciendo en distintas facetas de reparación agraria el Ministerio de Agricultura y la Conselleria de Agricultura, la cual abona totalmente la reparación de tuberías y demás instalaciones averiadas de comunidades y pozos de riego.
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