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Un trabajador ficha al entrar o salir del trabajo. Damián Arienza / El Comercio

Así será el nuevo registro horario: los trabajadores tendrán que fichar personalmente y se multará cuando se falseen los datos

El Gobierno vincula este mecanismo al éxito de la reducción de jornada a 37'5 horas semanales

Nacho Ortega

Valencia

Jueves, 6 de febrero 2025

El registro de jornada aprobado en un Anteproyecto de Ley por el Consejo de Ministros va directamente asociado a la reducción de la duración máxima de la jornada laboral, ya que sin un instrumento que mida el tiempo real de trabajo no se puede garantizar el cumplimiento de las 37'5 horas semanales aprobadas. Por este motivo, el Gobierno obligará a aplicar medidas complementarias, como un mecanimos para fichar en el trabajo, que ha sido regulado y que no entrará en vigor hasta que la norma sea tramitada en el Congreso y posteriormente publicada en el BOE.

Según explica el Gobierno, se utilizarán medios digitales de forma obligatoria, la acción de fichar al entrar y al salir del trabajo se hará «de forma personal y directa con garantías de autenticidad y trazabilidad» y, en caso de no realizarse, conllevará sanciones para la empresa por cada trabajador «en los supuestos de ausencia de registro o el falseamiento de los datos registrados».

Las personas trabajadoras practicarán los asientos (la acción de fichar) «de forma personal y directa, inmediatamente al inicio y finalización de cada jornada, de forma que la empresa no pueda condicionar su contenido». Igualmente, cada vez que se produzca una interrupción (paradas para descanso) esta se registrará siempre y cuando afecte al cómputo de la jornada laboral.

Para garantizar la autenticidad y la trazabilidad de los datos reflejados en el registro, «este deberá permitir identificar inequívocamente a la persona trabajadora que lo realiza, así como las eventuales modificaciones de los asientos efectuados», explica el Anteproyecto de ley.

Las personas trabajadoras, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social «podrán acceder de forma inmediata al registro en el centro de trabajo, y en cualquier momento».

Además, el registro deberá ser accesible de forma remota para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la representación de las personas trabajadoras.

La información deberá figurar en un formato tratable, legible y compatible con los de uso generalizado tanto para la empresa como para las personas trabajadoras y las autoridades competentes, que permita su documentación y la obtención de copias. El sistema de registro garantizará la interoperabilidad que permita su acceso y gestión.

La empresa conservará los registros durante cuatro años, periodo durante el cual permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Multas de entre 1.000 y 10.000 euros por trabajador

En el caso de incumplimiento de las obligaciones en materia de registro de jornada, se considerará la comisión de una infracción por cada persona trabajadora afectada en los supuestos de ausencia de registro o el falseamiento de los datos registrados.

Las multas tendrán como importe:

En su grado mínimo, de 1.000 a 2.000 euros

En su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros

En su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros

Los incumplimientos en materia de organización y ordenación del tiempo de trabajo que generen riesgo grave para la seguridad y salud de las personas trabajadoras se calificarán como infracción muy grave.

Puedes leer el último borrador del Anteproyecto de Ley aprobado por el Consejo de MInistros.

Recorrido parlamentario y entrada en vigor

El objetivo de Trabajo es que la norma esté publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) antes del verano para que las empresas puedan tener unos meses de adaptación, pues, según lo acordado, los convenios colectivos que tengan más de 37,5 horas semanales de jornada en promedio anual tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptarse a la jornada máxima de 37,5 horas, explica Europa Press citando el anteproyecto de ley.

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Sin embargo, para ello debe seguir un largo recorrido legal. Una vez que lo apruebe el Gobierno este martes, el texto recibirá los preceptivos informes del Consejo de Estado y del CES antes de volver al Consejo de Ministros como proyecto de ley, lo que Trabajo estima que se producirá a finales de febrero. Después, entrará ya en el Congreso, donde los grupos parlamentarios podrán introducir enmiendas antes de su aprobación definitiva...o no.

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