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LP.ES Y EFE
Miércoles, 4 de noviembre 2020, 12:12
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles los detalles sobre la nueva prestación por desemplo, aprobada ayer en el Consejo de Ministros. La normativa que regula esta ayuda entrará en vigor mañana, y el subisidio podrá solicitarse a partir del próximo virnes.
Los parados que hayan agotado sus prestaciones entre el 14 de marzo y el 30 de junio y no tengan acceso a otras ayudas podrán solicitar el nuevo subsidio especial de 430 euros mensuales hasta el 30 de noviembre, según consta en el Real Decreto-ley que regula esta ayuda. Esta ayuda podrá percibirse hasta tres meses.
Para acceder a esta ayuda especial, los solicitantes deben haber agotado todas sus prestaciones (contributivas, asistenciales, Renta Activa de Inserción) entre el 14 de marzo y el 30 de junio y estar en desempleo e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo.
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Además, podrán acceder al subsidio las personas que estén cumpliendo el mes de espera para acceder al subsidio de agotamiento de la prestación contributiva.
Esta ayuda no será compatible con la percepción de renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas de cualquier administración pública.
Para acceder al subsidio, que será gestionado por el SEPE, no se exigirá acreditar la carencia de rentas ni la existencia de responsabilidades familiares.
Además, será requisito no haber cumplido la edad que se exige para acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva.
El real decreto ley que se publica este miércoles también recoge el subsidio de desempleo de tres meses para el personal técnico o auxiliar en eventos o obras culturales y la prórroga, hasta el 31 de enero de 2021, de la prestación económica extraordinaria por desempleo para artistas en espectáculos públicos.
A continuación puedes consultar la Disposición 13490 del BOE de este miércoles, que publica el Real Decreto-ley 32/2020, por el que se aprueban medidas sociales complementarias para la protección por desempleo. Si no puedes visualizarlo correctamente, refresca la página de tu navegador. Puedes descargar el documento en PDF para compartirlo, ampliarlo o consultarlo sin conexión.
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