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Cuando un trabajador agota su prestación contributiva por desempleo, es posible que aún tenga derecho a seguir recibiendo una ayuda económica a través del subsidio por desempleo, siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Este subsidio está diseñado para aquellas personas que, después de haber agotado su prestación contributiva, siguen en situación de desempleo y cumplen con las condiciones necesarias para acceder a esta ayuda.
El subsidio por agotamiento de la prestación contributiva está destinado a los desempleados que han agotado la duración de su prestación contributiva. Tal y como explican desde el SEPE, las personas que pueden acceder a esta ayuda deben estar en desempleo total o trabajando a tiempo parcial. Además, deben cumplir una serie de condiciones relacionadas con su situación económica y familiar.
En el caso de los menores de 45 años que no tienen responsabilidades familiares, es necesario que la duración de la prestación contributiva agotada haya sido igual o superior a 360 días. Para aquellos que sí tienen responsabilidades familiares, no existe un requisito de duración mínima, pero sí deben acreditar dicha situación en el momento de la solicitud.
El acceso a este subsidio está condicionado a varios requisitos, entre los que destacan:
- Estar en desempleo. El solicitante debe estar completamente desempleado o trabajando a tiempo parcial, en cuyo caso la suma de las horas trabajadas debe ser inferior a una jornada completa.
- Agotar la prestación contributiva. La persona debe haber agotado su prestación contributiva a partir del 1 de noviembre de 2024. En este momento, el SEPE valorará si se cumplen los demás requisitos.
- No tener derecho a más prestaciones contributivas. Si el solicitante aún tiene derecho a alguna otra prestación contributiva, no podrá acceder a este subsidio.
- Carencia de rentas. También es necesario demostrar que no se cuentan con ingresos superiores a un umbral establecido, o bien, acreditar responsabilidades familiares.
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- Inscripción como demandante de empleo. El solicitante debe estar inscrito en las oficinas del SEPE como demandante de empleo en el momento de la solicitud.
La duración del subsidio varía en función de la edad del solicitante y si acredita o no responsabilidades familiares. En general, los beneficiarios sin responsabilidades familiares y menores de 45 años podrán acceder a una duración máxima de seis meses si su prestación contributiva fue de al menos 360 días. Aquellos que tienen responsabilidades familiares pueden recibir este subsidio durante un periodo de hasta 30 meses, dependiendo de la duración de la prestación contributiva agotada.
En cuanto a la cuantía, el subsidio será un porcentaje del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Durante los primeros 180 días, se percibirá el 95% del IPREM, el 90% entre los días 181 y 360, y el 80% a partir del día 361.
El pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indiques, siempre que seas titular de la misma.
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