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El SEPE quitará la prestación a los parados que cometan una de estas cuatro infracciones

El SEPE quitará la prestación a los parados que cometan una de estas cuatro infracciones

El acceso a las ayudas del SEPE no está exento de condiciones

Clara Alfonso

Martes, 5 de marzo 2024, 01:10

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es un actor clave en la supervisión y gestión de la prestación por desempleo. Cuando una persona se encuentra en situación de desempleo y acude al SEPE en busca de apoyo, accede a una serie de beneficios y servicios diseñados para facilitar su reincorporación al mercado laboral. Sin embargo, este acceso no está exento de condiciones. Los beneficiarios deben cumplir con una serie de requisitos y obligaciones que, aunque pueden parecer simples, revisten una importancia crucial, ya que el incumplimiento de las mismas puede tener repercusiones muy graves, como la pérdida de la prestación o la imposición de sanciones por parte del organismo.

Cuando alguien pierde su trabajo y se registra como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), accede a una serie de servicios y beneficios, como la posibilidad de participar en programas de formación y orientación laboral. Es por ello que debe cumplir con las obligaciones que establece el organismo supone cometer infracciones muy graves que se sancionarán de acuerdo con las leyes vigentes.

Infracciones muy graves

- Actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que correspondan, o prolongar indebidamente su disfrute mediante la aportación de datos o documentos falsos, la simulación de la relación laboral y la omisión de declaraciones legalmente obligatorias u otros incumplimientos que puedan ocasionar percepciones fraudulentas.

- Compatibilizar la solicitud o el percibo de prestaciones o subsidios por desempleo, así como la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos con el trabajo por cuenta propia o ajena, salvo en el caso del trabajo a tiempo parcial, en los términos previstos en la normativa correspondiente.

- Ponerse de acuerdo con el empresario o la empresaria para obtener indebidamente cualquier prestación de la Seguridad Social.

- No destinar o desviar las cantidades que se perciban de prestación por desempleo de acuerdo con lo establecido en los programas de fomento de empleo.

Sanciones

En el caso de las prestaciones o subsidios por desempleo o de la prestación por cese de actividad de la persona trabajadora autónoma, las infracciones muy graves se sancionarán directamente con la extinción.

Igualmente, se les podrá excluir del derecho a percibir cualquier prestación económica y, en su caso, ayuda de fomento de empleo durante un año, así como del derecho a participar durante ese período en formación profesional para el empleo.

No obstante las sanciones anteriores, si no se cumplen las obligaciones y ello afecta al cumplimiento y conservación de los requisitos que dan derecho a la prestación, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) podrá suspender provisionalmente dicha prestación hasta que la resolución administrativa sea definitiva. Independientemente de la imposición de la sanción, se devolverán las cantidades percibidas indebidamente.

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