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Simulador para saber si puedo cobrar el Ingreso Mínimo Vital: las preguntas que hace la Seguridad Social

Simulador del Ingreso Mínimo Vital: las preguntas que hace la Seguridad Social para saber si lo puedo cobrar

Con esta simulación podrás comprobar si cumples los requisitos para recibir esta prestación y sabrás el importe aproximado

LP.ES

VALENCIA

Jueves, 4 de junio 2020, 14:43

La Seguridad Social ha puesto en marcha un simulador para poder comprobar trar contestar a una serie de preguntas si te puedes beneficiar de Ingreso Mínimo Vital y conocer en su caso la cuantía. El plazo de solicitud se inicia el 15 de junio de 2020 y para solicitar información se puede llamar al teléfono de información IMV: 900 20 22 22.

A través de este simulador, al que puedes acceder aquí, y tras responder a algunas preguntas, podrás comprobar si cumples los requisitos para recibir esta prestación y sabrás el importe aproximado que te correspondería.

La Seguridad Social aclara que este simulador no tramita la prestación, por lo que para solicitarla tendrás que acceder a los servicios del trámite, y que la simulación solo tiene un valor informativo.

Las preguntas que hay que contestar

Estas son algunas de las preguntas a las que hay que contestar, que pueden variar en función de la situación personal de cada persona o unidad familiar.

- ¿Resides de forma legal e ininterrumpida en España desde hace más de un año?

- ¿Has solicitado las pensiones y prestaciones a las que pudieras tener derecho excluidos salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de las comunidades autónomas?

- ¿Hay algún miembro de tu unidad de convivencia en situación de desempleo?

La unidad de convivencia la forman las personas con las que convives en el mismo domicilio ya sean marido o mujer, pareja de hecho o familiares de hasta segundo grado.

- ¿La persona o personas desempleadas están inscritas como demandantes de empleo?

- ¿Vives solo?

Ten en cuenta que también se considera vivir solo si compartes domicilio con personas que no son tu marido o tu mujer, pareja de hecho o familiares de hasta segundo grado.

- ¿Vives de forma permanente en una residencia pública?

- ¿Cumples con alguna de estas condiciones?:

- Tienes entre 23 y 64 años

- Eres mayor de edad con hijos o menores a cargo

- Eres menor emancipado con hijos o menores a cargo

- ¿Tu unidad familiar ha vivido de forma continuada durante al menos un año?

La unidad familiar o unidad de convivencia la forman las personas con las que convives en el mismo domicilio ya sean marido o mujer, pareja de hecho, familiares de hasta segundo grado de cualquiera de los dos, o menores.

Noticia Relacionada

- ¿Tu unidad de convivencia es monoparental?

Una unidad de convivencia monoparental está formada por un solo adulto como responsable único de uno o más hijos o menores en régimen de acogimiento permanente o guarda con fines de adopción.

- ¿Vives en el mismo domicilio únicamente con adultos de entre 23 y 64 años con los que no tienes un vínculo matrimonial, de pareja de hecho, ni son tus familiares (hasta segundo grado)?

- ¿En tu unidad familiar hay menores de edad (hijos o menores a tu cargo)?

Ten en cuenta que un menor no puede formar parte de más de una unidad de convivencia. Selecciona la opción que se corresponde con tu unidad familiar (permite seleccionar si vive un adulto con un o varios hijos o dos adultos con uno o varios hijos).

- Las personas que viven contigo, ya sean tu marido o mujer o pareja de hecho, familiares de hasta segundo grado de cualquiera de los dos, hijos o menores a cargo.

También debes tener en cuenta que:

- Todas las personas deben residir en España de forma habitual y legal desde hace más de un año.

- Todas las personas deben haber solicitado las prestaciones a las que pudieran tener derecho.

- Una persona no puede formar parte de más de una unidad de convivencia.

- Teniendo en cuenta la situación económica de todas las personas que forman parte de tu unidad de convivencia y residen legalmente en España, sin incluir la vivienda habitual, ¿el valor de vuestros bienes o propiedades es superior a 36.551 € (la cantidad varía en función del número de personas que componen la unidad familiar)?

- ¿Alguno de vosotros sois administrador de derecho de una sociedad mercantil?

- Según los datos que nos has aportado podéis tener derecho al Ingreso Mínimo Vital si vuestros ingresos mensuales del año anterior no superan los xxxx €. El importe que os podría corresponder sería la diferencia entre vuestros ingresos mensuales y xxx € (varía en función de las condiciones de cada unidad familiar).

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