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Domingo, 27 de noviembre 2022, 00:23
El desempleo sigue siendo uno de los problemas que más afecta a las familias españolas a día de hoy. A esto además se le suma la inflación, especialmente en el precio de la luz y los productos alimenticios, lo que hace que muchas personas vivan en una situación de riesgo de pobreza y tengan serios problemas para llegar a fin de mes. Con la cesta de la compra encarecida y el coste al alza en casi todo, las ayudas económicas se vuelven un pequeño salvavidas con el que hacer frente a los gastos mínimos.
Ante esta realidad, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece una serie de pagas y ayudas que pueden solventar, o al menos disminuir, muchos de los problemas financieros de algunos desempleados. En el caso de aquellas personas que se encuentren sin trabajo y tengan cargas familiares, el departamento ofrece un subsidio con una duración máxima de 30 meses, es decir, 2 años y 6 meses. La duración dependerá de los meses consumidos de prestación contributiva y de la edad del beneficiario.
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Cuantías para este año), qu según detalla el SEPE asciende a 463,21 euros al mes.
Estas ayudas están destinadas a aquellas personas que han agotado la prestación contributiva por desempleo o paro y siguen sin encontrar trabajo. En el caso de no tener derecho al paro pero sí responsabilidades familiares, habrá que acceder primero al subsidio por cotización insuficiente y tras agotarlo ya es posible reclamar la ayuda familiar.
Además, en el caso de tener cargas familiares, ser mayor de 52 años y haber cotizado al menos 15 años, el SEPE exige que se acceda directamente al subsidio para mayores de 52 años.
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Para poder acceder a la ayuda hay que estar en una situación de desempleo y estar inscrito como solicitante de empleo durante al menos un mes antes de presentar la solicitud. También hay que firmar el compromiso de actividad del SEPE, contar con responsabilidades familiares y carecer de rentas carecer de rentas o ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluyendo la parte prooporcional de las dos pagas extraordinarias
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