El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda económica destinada a garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas y familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Esta renta garantizada se ofrece a aquellas personas que carecen de los recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, ya sea viviendo solas o formando parte de una unidad de convivencia. Además de ser un apoyo económico, el IMV también busca mejorar la inclusión social y laboral de sus beneficiarios, actuando como una red de protección que facilita su integración activa en la sociedad.
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En términos generales, el IMV está dirigido a diversos colectivos en situación de vulnerabilidad, que deben cumplir con ciertos requisitos para poder acceder a esta ayuda. Entre los principales beneficiarios se encuentran:
• Personas solas mayores de 23 años, que no formen parte de una unidad de convivencia ni tengan pareja de hecho. También se incluye a quienes, aunque compartan vivienda, no estén integrados en la unidad de convivencia.
• Víctimas de violencia de género o trata de seres humanos y explotación sexual, que tienen acceso preferente a la prestación.
• Jóvenes entre 18 y 22 años que hayan estado bajo la tutela de entidades públicas de protección de menores y vivan de forma independiente.
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• Personas sin hogar, que cumplen con los requisitos de residencia y vulnerabilidad económica y viven de forma independiente.
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Para solicitar esta ayuda, es necesario que los solicitantes residan legal y efectivamente en España durante al menos el año anterior a la solicitud. Además, deben demostrar que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica, lo que se evalúa a través de sus ingresos y patrimonio.
En el caso de las personas desempleadas, también es requisito estar inscrito como demandante de empleo.
Tal y como explican desde la Seguridad Social, la solicitud del IMV se puede realizar online de dos formas:
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• Sin certificado electrónico o cl@ve. Los solicitantes pueden acceder al formulario disponible en la página web de la Seguridad Social, donde deben incluir sus datos personales y los de las personas que formen parte de su unidad de convivencia. Además, tendrán que adjuntar una copia de su documento de identidad y la documentación relevante para completar el trámite.
• Con certificado electrónico o contraseña cl@ve. En este caso, se recomienda el uso de un sistema más seguro y rápido, donde el solicitante completará el formulario en formato PDF y también deberá adjuntar los documentos requeridos. Si no se dispone de estos medios, otra persona con certificado o contraseña puede actuar como representante para realizar la solicitud.
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Es importante destacar que el plazo para la resolución de la solicitud es de seis meses desde la presentación. Si transcurre este tiempo sin una resolución expresa, se considera que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo. A pesar de ello, el Instituto Nacional de la Seguridad Social continuará resolviendo las solicitudes, aunque haya pasado el plazo de seis meses.
Una vez recibida la solicitud, la entidad encargada realizará comprobaciones para verificar que se cumplen los requisitos de residencia y vulnerabilidad económica. Si la solicitud no cumple con estos requisitos, será inadmitida, y el solicitante podrá reclamar administrativamente en un plazo de 30 días. Si la solicitud es admitida, pero se detectan irregularidades durante el proceso, puede ser desestimada.
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